AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

martes, 19 de noviembre de 2024

DOCTRINA: se publicó el libro EL JURADO CIVIL


La AAJJ siempre ha mantenido su inalterable compromiso con la implementación del juicio por jurados en materia civil y comercial que ordena el artículo 24 de la Constitución Nacional. 

Tenemos muy en claro que mientras la Argentina siga sumida en un proceso civil escrito, por actas y expediente -aunque sea digital- la oralidad plena en todos los fueros tardará mucho más tiempo en ser realidad. La presencia del jurado en el fuero civil es hoy la única garantía para que la oralidad y la publicidad se implementen en serio en el país.

Que no haya juicios civiles orales y públicos afecta incluso el desarrollo de la litigación adversarial en materia penal, ya que el 80% de los abogados del país se dedican a asuntos civiles. 

Las Universidades carecen de incentivos para enseñar litigación adversarial, ya que la práctica en los Tribunales sigue siendo 100% la escritura. Es un círculo vicioso que es muy difícil de quebrar y que requiere acciones audaces y creativas: una de ellas fue impulsar el jurado civil.

Nuestros esfuerzos se vieron finalmente coronados en diciembre del 2020, cuando Chaco sancionó una ley excepcional de jurado civil por primera vez en el mundo fuera del common law (ver) y (ver).


Andrés Harfuch y Alberto Binder (directores)


Para acompañar ese suceso, Editorial Ad-Hoc acaba de publicar el libro dirigido por Alberto Binder y Andrés Harfuch, El jurado civil, que compilan algunos de los artículos más importantes que se hayan escrito en el mundo sobre el juicio por jurados civil. 

El libro será un soporte teórico fundamental para poner en marcha la oralidad civil con jurados en el país, además de ser una joya para los investigadores, estudiantes y académicos del derecho.

El libro integra el volumen nº 12 de la prestigiosa Colección de Juicio por Jurados y Participación Ciudadana que dirigen Alberto Binder y Andrés Harfuch y que hoy es referencia obligada en el mundo del jurado de habla castellana. 

La obra cuenta con artículos legendarios de célebres juristas que han influido de manera decisiva en el desarrollo del jurado civil en el common law. 


Paula Hannaford Agor, Paul Carrington,
Harry Kalven Jr y Jacqueline Horan

Han sido traducidos íntegramente al castellano y llevan la firma de autores sumamente prestigiosos como son Shari S. Diamond, Valerie P. Hans, Harry Kalven Jr., la profesora australiana Jacqueline Horan, Paul D. Carrington, Paula L. Hannaford, B. Michael Dann, G. Thomas Munsterman y Lewis Mayers.

En especial debe destacarse el excepcional artículo que se dedica al análisis de la ley de juicio por jurado civil de la provincia de Chaco, escrito por Shari S. Diamond y Valerie P. Hans, que inclusive grabaron un video para promocionar la obra en su presentación





lunes, 18 de noviembre de 2024

ARGENTINA: The book CIVIL JURY was published

                   


The AAJJ has always maintained its strong commitment to the implementation of trial by jury in civil and commercial matters, as required by Section 24 of the Constitution. 

Section 24. Congress shall promote the reform of the present legislation in all its branches, and the establishment of trial by jury

We are very clear that as long as Argentina remains mired in a written civil process by file, - even if it is digital - full oral proceedings in all courts will take much longer to become a reality. Thus, the presence of the jury in the civil court is today the only guarantee for oral proceedings and publicity to be seriously implemented in the country.

The lack of oral and public civil trials even affects the development of adversarial litigation in criminal courts, since 80% of the country's lawyers are dedicated to civil matters. 

Universities lack incentives to teach and train law students in adversarial litigation techniques, since the practice in the courts is still 100% written. It is a vicious circle that is very difficult to break and requires bold and creative actions: one of them was to promote the civil jury.

Our efforts were finally crowned in December 2020, when Chaco enacted an exceptional civil jury law for the first time in the world outside of common law (global impact) y (see).


Andrés Harfuch and Alberto Binder (directors)


To accompany this event, Editorial Ad-Hoc has just published the book directed by Alberto Binder and Andrés Harfuch, El jurado civil, which compiles some of the most important articles ever written in the world about civil jury trials. 

The book will be a fundamental theoretical support for implementing civil oral proceedings with juries in the country, as well as being a jewel for researchers, students and legal academics.

The book is part of volume n° 12 of the prestigious Jury Trial and Citizen Participation Collection, also directed by Alberto Binder and Andrés Harfuch and which is today an essential reference in the world of Spanish-speaking juries. 

The work features legendary articles by famous scholars who have decisively influenced the development of the civil jury in common law


Paula Hannaford Agor, Paul Carrington,
Harry Kalven Jr and Jacqueline Horan.

They have been fully translated into Spanish and bear the signature of extremely prestigious authors such as Shari S. Diamond , Valerie P. Hans , Harry Kalven Jr. , the Australian professor Jacqueline Horan , Paul D. Carrington , Paula L. Hannaford , B. Michael Dann, G. Thomas Munsterman and Lewis Mayers.

Of particular note is the exceptional article dedicated to the analysis of the civil jury trial law of the province of Chaco, written by Shari S. Diamond and Valerie P. Hans , who even recorded a video to promote the work at its presentation.




sábado, 2 de noviembre de 2024

LA PLATA: Por primera vez en el país, un jurado condena a dos jefes penitenciarios de la cárcel de Olmos por el delito de torturas

 


La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) como querellante y la fiscal Leila Aguilar alcanzaron una resonante victoria en un caso por torturas a Gastón Ayala Aquino (36), un preso epiléptico que falleció en 2016.

El detenido tenía un cuadro médico preexistente muy severo de epilepsia. Jamás debió haber sido alojado en Olmos, que es una cárcel común sin médicos ni instalaciones para tratar esta enfermedad.

A pesar de una deficiente instrucción que dejó escapar pruebas claves (estuvo a cargo del cuestionado ex fiscal Cartasegna [El fiscal héroe que resultó un farsante]) y que duró increíblemente ocho (8) años hasta llegar a debate oral, el jurado dio su veredicto y condenó por el delito de torturas a  Rafael Herrera y Sergio Ceballos, jefe y subjefe de Asistencia y Tratamiento, una de las tres áreas, junto con Administración y Seguridad, en las que se subdivide la estructura penal. 

Al primero lo condenó por pegarle y ahorcar al preso en su oficina y al segundo lo condenó por el delito de omisión de evitar torturas, pues no intervino para parar la golpiza.

Afrontan así ambos penas muy altas de prisión. El juez Ezequiel Medrano, que instruyó al jurado sobre todas las opciones posibles, impondrá la pena el lunes.

"Son importantes estas condenas que tardaron 8 años, ya que muy pocas veces estos casos llegan a los estrados judiciales para ser juzgados por ese tipo especial de delitos", sostuvo la CPM, de destacada labor durante el juicio.


Los padres de Aquino
 

Lo que se discutió en el juicio fueron tres cosas: si la muerte fue consecuencia de la paliza que recibió o de su enfermedad; si la paliza recibida constituyeron torturas o "severidades" (como pareció sugerir la defensa como plan B); o si los penitenciarios actuaron justificados en cumplimiento de su deber y por ende eran inocentes.

El jurado descartó la tortura seguida de muerte, pero también la absolución por cumplimiento del deber. Finalmente, entendió que los golpes y la paliza recibida eran mucho más que severidades y por eso los declaró culpables de torturas: a uno por comisión y al otro por omisión impropia.


Fiscal Leila Aguilar


LOS HECHOS

Es la primera vez, desde que se llevan adelante los juicio por jurados en la Argentina, que se condena a autoridades del Servicio Penitenciario Bonaerense. La Comisión Provincial de la Memoria destacó el fallo y sostuvo que "la condena visibiliza una práctica sistemática de este delito en las cárceles provinciales que muy rara vez llega a una pena de prisión".

Como era de esperar, Ayala Aquino tuvo un ataque epiléptico muy fuerte y empezó a convulsionar el 1° de agosto de 2016. Cuatros compañeros del pabellón 9 del tercer piso lo pusieron sobre una manta, a modo de camilla improvisada, y comenzaron el largo traslado por el interior del penal, con la intención de llevarlo al área de Sanidad, donde debía encontrarse el médico más cercano. La dinámica habitual en estos casos es que los internos van pidiendo paso con un grito y los agentes abren las rejas para permitirles el avance.

Tras el dificultoso descenso por los tres tramos de escaleras, la convulsión concluyó y Gastón Ayala volvió en sí, pero en un evidente estado de confusión y desorientación. Asustado, gritó y pidió por sus padres, ante el vano intento de sus compañeros por calmarlo.

El creciente griterío llamó la atención de los guardias del puesto más cercano, Santiago Barrios Rivero, Matías Wernicke, Mario Abel Ardiles, Emanuel Vallejos y Eliseo Oriel Porta, que rápidamente apartaron a golpes a los otros internos, golpearon también a Ayala, lo redujeron y esposaron.

Este grupo de penitenciarios también fue llevado a juicio por el delito menor de "severidades", pero el jurado los absolvió.



La explicación que dio la CPM es que estos guardias priorizaron el criterio de salvaguarda de la seguridad del penal, por encima del derecho a la asistencia médica del interno.

“Severidades” es una figura contemplada en el artículo 144 bis del código penal, que la emparenta con las de vejámenes y apremios ilegales, y está vinculada al celo excesivo o la falta de proporcionalidad en las actuaciones.

Lejos de calmarse, Ayala Aquino, esposado y tirado en el piso, siguió gritando y sus gritos llegaron a oídos de Rafael Herrera, entonces jefe de penal. De acuerdo a los testimonios, Herrera intentó sujetarlo del rostro y Ayala Aquino lo mordió, reacción que desató la ira de Herrera.

Inmediatamente “lo arrastró como un trapo de piso” varios metros por el pasillo hasta su oficina. Allí lo encerró, junto con sus subjefes, Sergio Ceballos y Juan Ignacio Tocci. Minutos más tarde, Ayala Aquino fue retirado de allí, completamente desfigurado, y falleció antes de llegar al puesto de Sanidad.

En días posteriores, Herrera habría confesado a sus compañeros que “me mandé una cagada, lo cogotié un poco, pero me voy a hacer cargo”, pero todo indica que cambió de parecer prontamente.

Al cabo de algunas semanas se realizó la autopsia y se comprobó que Ayala Aquino había muerto por ahorcamiento y que sus múltiples golpes y lesiones no eran compatibles con el relato de autolesiones que pretendían instalar los jefes del penal. 

Herrera, Ceballos y Tocci fueron desplazados de sus respectivos puestos y posteriormente detenidos. Los demás acusados llegaron al debate en libertad.


Juez Ezequiel Medrano


Algo que fue muy importante es que, en el primer día del juicio, los imputados empezaron a echarse las culpas entre ellos. El bloque de los guardias, imputados por un delito menor, empezó a decir que la culpa de todo la tenían el jefe y subjefe del penal.

“La sensación es ambigua”, comenta a Buenos Aires/12 Augusto Infante, abogado de la CPM, a cargo del equipo litigante, que acompañó a la familia a lo largo de estos ocho años. 

"Por un lado, el veredicto de culpabilidad produce alivio, eso se notó en la gestualidad de la familia. Por otro, cuesta entender, especialmente, por qué absuelven a Tocci, con los mismos elementos con los que condenan a Ceballos. Pero el jurado delibera en privado y no funda ni argumenta sus decisiones”.

Infante destaca, además, que “nada de esto hubiera ocurrido si hubiera habido un médico más cerca, la distancia entre el pabellón y el puesto sanitario era de cerca de 400 metros y la proporción entre médicos e internos era insuficiente”.

La madre de Ayala Aquino, Elvia, nunca pudo reponerse de la pérdida. Desde el hecho, su salud comenzó a deteriorarse de manera lenta pero constante.

"Estas prácticas son frecuentes y por lo general nadie recibe condena, por eso es importante este caso, aunque haya demorado ocho años", agregaron desde la CPM.

Leer noticias aquí:

- Página 12 (1/11/24): "Un jurado popular condenó a dos jefes penitenciarios por torturas durante la gestión Vidal" (ver)

- Tiempo Argentino (1/11/24): "Un jurado popular declaró culpables por torturas a los ex jefe y subjefe de la cárcel de Olmos" (ver)

_El Día (1/11/24): "Veredicto de culpabilidad para dos penitenciarios" (ver)

viernes, 25 de octubre de 2024

SALTA: El Gobernador Sáenz envió a Diputados el proyecto de Ley de Juicio por Jurados

 

Gobernador Gustavo Sáenz


La ola juradista que recorre Argentina no se detiene. Hace tres días, la Cámara de Diputados de la Nación le dio dictamen a la futura Ley Federal de Juicio por Jurados por una abrumadora mayoría y un consenso total de todos los partidos políticos, sin excepción. 

Ayer, el Gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, envió un magnífico proyecto de ley de juicio por jurados clásico al Parlamento salteño que recibió el inmediato respaldo de la Corte Suprema de Justicia (ver).

Felicitamos al Pueblo y al Gobierno de Salta por esta iniciativa que es un orgullo para el país.




La ley propone que, en un comienzo progresivo, se juzguen los homicidios calificados del art 80 del CP. En esos casos, el juicio será obligatorio, integrados por 12 ciudadanos, con igualdad de género (hombres y mujeres en partes iguales), quienes se desempeñarán bajo las instrucciones legales de un juez y decidirán por un veredicto general definitivo con un nuevo juicio si hay estancamiento. 

Se establece la Regla de la Unanimidad de los veredictos pero, en el único punto discordante que esperamos que los legisladores puedan corregir, se permiten veredictos con 10 votos en caso de no arribarse a la unanimidad.

La propia Ley Federal, en su futuro art 78, establece la regla plena de la unanimidad, que es un éxito comprobado en las provincias de Mendoza, Catamarca, Entre Ríos, Chaco y CABA debido a la total legitimidad y certeza que le confiere a los veredictos.

Además, la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos dictó en 2020 el mundialmente famoso leading case "Ramos vs Louisiana" que declaró inconstitucionales los veredictos por mayoría y ratificó que la unanimidad es una garantía constitucional.


RESPALDO DE LA CORTE AL PROYECTO


Desde el año 2014, Salta realizó innumerables actividades tendientes a implementar el jurado popular. Destacados especialistas del país y del extranjero visitaron la bella provincia norteña y se realizaron múltiples jornadas y conferencias (ver) (ver), además de un serio intento por implementar la ley en 2019 (ver)

En el último año, la CSJ puso en marcha simulacros de jurados con jóvenes estudiantes que fueron un suceso de crítica y público (Nueva edición de simulacro de juicios por jurado con alumnos del secundario). 

Al parecer, el proyecto será votado en pocos días. Primero será tratado en Cámara de Diputados y luego en la de Senadores. Se reunirán plenariamente ambas Cámaras el 5 de noviembre.

La solicitud del Gobernador responde a la demanda ciudadana de una mayor transparencia en la administración de la justicia penal, que en parte se cumple destacó Sáenz “con la publicidad de los juicios, pero que se logra de modo completo cuando el pueblo se integra a la actividad judicial participando como jurado”.



Juicio por Jurados en el país

Hasta el momento ya son 12 las jurisdicciones provinciales que han establecido este modelo de enjuiciamiento: Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut, Catamarca, la Ciudad Autónomo de Buenos Aires y Santa Fe. 

Desde hace 170 años la Constitución Argentina viene exigiendo que los crímenes, es decir los delitos más graves, sean juzgados por los ciudadanos mediante el sistema de jurados. El mandato ha permanecido inalterado en las sucesivas reformas de la Constitución Nacional y se encuentra vigente en sus artículos 5, 118, 121, 122, 123 y 126.

En ese sentido, la Corte de Justicia de la Nación dijo que ese mandato puede y debe ser cumplido por las provincias que son las que sancionan sus leyes procesales en materia penal.

Leer noticias aquí:

- Salta Gobierno (24/10/24): "Sáenz envió a Diputados el proyecto de Ley de Juicio por Jurados" (ver)

- Página 12 (24/10/24): "Sáenz envió a Diputados un proyecto de ley de juicio por jurados " (ver)


miércoles, 23 de octubre de 2024

OBTUVO DICTAMEN POR ABRUMADORA MAYORÍA EL PROYECTO QUE ESTABLECE LA CREACIÓN DEL SISTEMA DE JUICIO POR JURADOS

Las autoridades de las tres comisiones

DESCARGAR DICTAMEN

(ver)

Fue una jornada única en el Congreso. De esas que quedan en la memoria. Los diputados de mayor trayectoria no recordaban jamás haber vivido una sesión como la de hoy, en la que oficialistas y opositores de todos los bloques dejaron de lado sus diferencias y trabajaron en conjunto para darle dictamen a la Ley de Juicio por Jurados adeudada desde 1853. 

El gran prestigio de esta institución y su éxito indiscutible en las provincias hizo que el dictamen obtuviera la impresionante cifra de 89 firmas a favor del plenario de las comisiones de Legislación Penal, Justicia y Presupuesto. Ningún bloque se opuso. 

De ser votada de este modo en el recinto en las próximas semanas, estaremos en presencia de una ley de jurados de primer nivel mundial que enorgullecerá a la República Argentina.

El diario La Nación se hizo eco de este hito: "Oficialismo y oposición de la Cámara de Diputados avanzaron este mediodía en un proyecto de ley histórico, no solo por su contenido, sino porque fue suscripto por amplia mayoría, incluido el kirchnerismo. Se trata del proyecto para instaurar, en todo el país, el mecanismo de juicio por jurados para cumplir con una manda constitucional de 1853, establecida en sus artículos 24 y 75 inciso 12. Es la primera vez desde entonces que el Congreso –en este caso la Cámara baja– logra articular un acuerdo para instrumentar este mecanismo de jurados populares con un consenso casi unánime. Solo un sector del bloque Encuentro Federal se desmarcó del resto de sus pares y firmó un dictamen propio".


El INECIP junto a los diputados Carbajal (UCR)
y JM Pedrini y Rodolfo Tailhade (UxP)

El INECIP y la AAJJ, presentes en la Cámara

Diputado Pedrini. 

Diputado Tailhade.

Diputado Bordet.

Las Comisiones de Justicia, Legislación Penal y Presupuesto y Hacienda, presididas por los diputados Manuel Quintar (LLA), Laura Rodríguez Machado (PRO) y José Luis Espert (LLA), respectivamente, consideraron la propuesta del Poder Ejecutivo que busca transformar profundamente el sistema judicial del país mediante la participación ciudadana en los procesos judiciales, así como también ocho iniciativas de todos los bloques parlamentarios. 

En ese sentido, el diputado Manuel Quintar (LLA) aseguró que “el juicio por jurados es una política de Estado”. “Si todo sale bien, vamos a cumplir con una manda histórica constitucional avanzando fuertemente y firmemente en la instauración de los juicios por jurados en materia federal”, sostuvo el jujeño.

En tanto, el diputado Fernando Carbajal (UCR) destacó “el esfuerzo conjunto de todos los bloques”, con el objetivo de “saldar una deuda histórica” y dar un paso más para “la transformación de la justicia".

La diputada Paula Oliveto Lago (CC) expresó su acompañamiento al dictamen de mayoría y resaltó que "es una gran día para este Congreso por la seriedad con que se trabajó y se alcanzaron los acuerdos. Es lo que el Pueblo nos pide"; mientras que su par Rodolfo Tailhade (UxP) indicó: "Nuestro bloque va a respaldar este proyecto que es fundamental para nuestra democracia".

Desde el bloque Encuentro Federal, el diputado cordobés Juan Fernando Brügge señaló que presentarán un dictamen de minoría, al manifestar su preferencia por el jurado escabinado.

Al comienzo de la reunión, distintos especialistas expusieron sobre la norma, impulsada en enero por el presidente Javier Milei y por el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, que propone la creación de un sistema de juicios por jurado clásico obligatorio para delitos federales con penas mayores a cinco años e incluye la obligación de los jueces y juezas técnicos a cargo de dirigir las audiencias de vestir toga y usar martillo. El jurado se ubicará tras una baranda de madera.

Todos estuvieron de acuerdo. Un diputado de UxP le dijo en off a Letra P: "Me llamaron tantos jueces para pedirme que no incluya la toga que me entusiasmé y la dejé”

Se busca así darle a la administración de justicia una serie de beneficios: la participación ciudadana, la soberanía popular, la transparencia judicial, la celeridad en los juicios y la legitimidad de los fallos.

En su exposición, el juez de Cámara electoral Alberto Dalla Via manifestó su postura a favor de la implementación del juicio por jurados al detallar que “no sustituye el rol del Juez en el proceso”, ya que -aclaró- “el jurado solo toma una decisión política -no jurídica- por libres convicciones". "Nuestra Constitución es la ley suprema, y ella indica en tres oportunidades que los juicios deben ser por jurados. llegó la hora de que sea cumplida esa clara manda".



En tanto, Martín Sabelli consideró que “este sistema mejora la calidad de la justicia y de la democracia”; mientras que el abogado Víctor Vélez, informó que “Córdoba fue la primera provincia que inició el juicio por jurado”, y que -enfatizó- “la participación ciudadana es necesaria y da buenos resultados”.

El jurado será de doce personas, con paridad de género, un voir dire, instrucciones legales del juez, un veredicto unánime y definitivo. Otros aspectos destacables es que regula la oralidad obligatoria cuando haya un recurso ante la Casación federal y la CSJN, se prevé una cláusula de adhesión para las provincias y se prohíbe cualquier clase de capacitación previa a los jurados en ninguna materia.

El proceso será dirigido por un juez técnico. Los jurados surgirán de un sorteo del padrón electoral a cargo de una oficina que controlará la Cámara de Casación Penal. En el recinto, UP pedirá que esta dependencia tenga un control parlamentario. El texto tendrá algunas modificaciones en el recinto, pedidas por UP, como la de un control legislativo a la oficina que harán los sorteos, o la posibilidad de que los tribunales por casos de corrupción no sean siempre en la Ciudad de Buenos Aires, porque los delitos suelen afectar a otras regiones. Será otro de los debates en el recinto.

De prosperar el dictamen, quienes definan la culpabilidad o no de los acusados deberán tener entre 18 y 70 años, dos años de residencia en la jurisdicción del hecho y saber leer y escribir. Nada más. Quedan excluidos funcionarios, como también condenados por delitos de lesa humanidad, deudores morosos o quienes no tengan aptitud física y psíquica, entre otros casos.

Si bien la participación en el jurado será una carga pública, se incluyen motivos para excusarse (salud, lactancia materna, etc.), mientras que el juez y las partes podrán recusar a miembros del tribunal si no los consideran idóneos.

PEDRINI, TAILHADE Y BORDET 

FIRMAN EL HISTÓRRICO DICTAMEN


El dictamen se firmó en el último plenario de comisiones, presidido por el libertario Manuel Quintar, y la Cámara de Diputados logró un texto unificado con aportes de los diez proyectos presentados por todos los bloques. 

El juicio por jurados es una deuda de dos siglos que tiene el Congreso. La Constitución de 1853 instruyó al parlamento a crear una ley para su implementación y nunca se cumplió, pese a que hubo proyectos de ley de todos los colores políticos. Fueron así las provincias quienes avanzaron desde el año 2011 con el jurado clásico.

El PRO fue el bloque que menos proyectos presentó sobre el tema: sólo hay uno de Gerardo Milman. Unión por la Patria tiene cuatro (Roberto Mirabella, Juan Pedrini, Mónica Litza, Gustavo Bordet y Vanesa Siley), la UCR dos (Fernando Carbajal y Carla Carrizo) "y la misma cantidad, Encuentro Federal (Brügge y Margarita Stolbzier).

El sistema ya funciona en las provincias de Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut y Catamarca y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En esos casos, se aplica para delitos de jurisdicción local.

Leer noticias aquí:

- Letra P (23/10/24): "Juicio por jurados: Javier Milei acordó con todas las fuerzas que el juez use toga y martillo" (ver)

- La Nación (23/10/24): "Acuerdo inédito en Diputados: oficialismo y oposición avanzarán en la instrumentación del juicio por jurados para delitos federales penales" (ver)

- INFOBAE (23/10/24): "Con amplio consenso, avanza en Diputados el proyecto para implementar el juicio por jurados para delitos federales" (ver)

- Ámbito Financiero (23/10/24): "Consenso generalizado: Diputados dictaminó el régimen de juicio por jurados a nivel federal" (ver)

viernes, 4 de octubre de 2024

Alberto Binder presentó el Tratado de Carl Mittermaier y homenajeó a su traductora Julia Lamolla de Harfuch en un emotivo evento en el INECIP


Andrés Harfuch, Julia Rosa Lamolla de Harfuch
y Alberto Binder

El pasado martes 1° de octubre se presentó el libro “Tratado de procedimiento criminal en Inglaterra, Escocia y América del Norte” de Carl Mittermaier en la sede del INECIP, en una jornada cargada de emoción y de alegría. 

Alberto Binder y Andrés Harfuch hicieron la presentación ante una sala colmada de público, entre los que estaban el legendario Héctor Granillo Fernández, su hijo Felipe (Vicepresidente de la AAJJ) y el no menos célebre Rubén Villela, editor de AD HOC y a quien Binder dedicó unas sentidas palabras de agradecimiento por haber publicado esta obra.

Pero la gran protagonista de la jornada fue Julia Rosa Lamolla de Harfuch, de 86 años y mamá de Andrés Harfuch, a quien Binder le entregó una plaqueta por haber liderado el equipo que tradujo y supervisó del idioma francés los 30 capítulos y más de 700 páginas de este Tratado memorable.

La presentación que hizo Alberto Binder fue brillante (descargar aquí), destacando la absoluta actualidad de esta joya perenne del pensamiento acusatorio, republicano y con jurados de ese gran jurista alemán que fue Carl Mittermaier.

No en vano el sitio Amazon ofrece el original de esta obra de este modo:  "Esta obra ha sido seleccionada por los académicos como culturalmente importante por formar parte del conocimiento de la Civilización tal como la conocemos."


VER EL VIDEO COMPLETO



Carl Mittermaier


Apenas salió el libro, la AAJJ publicó estas líneas que resumen la importancia de haber traducido esta obra:

"Carl Mittermaier es uno de los más grandes juristas de la historia y un clásico indiscutido del Derecho.

En un esfuerzo sin precedentes, Editorial Ad Hoc de Buenos Aires, Argentina, publicó "El Tratado de Procedimiento Criminal de Inglaterra, Escocia y América del Norte", obra póstuma del maestro Mittermaier de 1867. Es el punto más alto de su bibliografía, que sólo tuvo una traducción francesa. 

165 años después, doña Julia Rosa Lamolla de Harfuch, ex profesora de francés de la Alliance Française de Buenos aires y con ya 86 años, lideró un equipo de jóvenes entusiastas que durante cinco años tradujeron al castellano este libro excepcional.


Julia R. Lamolla de Harfuch, supervisora
de la traducción


Por eso hoy ve la luz por primera vez en lengua castellana en todo el mundo, lo cual representa un orgullo para la industria editorial de la República Argentina. Lo hace dentro de la prestigiosa Colección de Juicio por Jurados y Participación Ciudadana (Volumen 11) que dirigen Alberto Binder y Andrés Harfuch. 

Julio Maier siempre insistió en que este libro debería traducirse al español a como diera lugar. Estaba convencido que su edición castellana a principios del siglo XX hubiera cambiado el destino del proceso penal en Iberoamérica. 

Ahora que logramos traducirla a nuestro idioma, entendemos el porqué de la firme insistencia de Maier y creemos que los lectores de esta obra imprescindible pronto lo descubrirán.


El Maestro Julio Maier


Su dominio completo de la lengua inglesa le facilitó durante años a Mittermaier viajar en persona a Inglaterra y Escocia (durante el receso académico alemán en la Universidad de Heidelberg), cartearse con los más renombrados juristas de los Estados Unidos, ver juicios, entrevistar a jueces, abogados, policías, políticos, personas comunes y leer de primera mano la jurisprudencia de los tres países.

El resultado lo explica en su memorable prólogo a esta edición en castellano el destacado profesor estadounidense Stephen Thaman, académico del Max-Planck-Institut für Ausländisches und Internationales Strafrecht de Freiburg, Alemania: el libro es un verdadero y logrado Tratado del Proceso Penal Acusatorio con Jurados, de una asombrosa actualidad y que será imprescindible en el siglo XXI  para el desarrollo del sistema adversarial con jurados en América Latina. 

Mittermaier logró explicar de manera única y extraordinaria el proceso penal con jurados del common law con los métodos analíticos del Tratado del civil law. Thaman le dedicó también un cálido agradecimiento a la traductora.

"Quiero dejar un agradecimiento muy especial a doña Julia Rosa Lamolla de Harfuch y, en su persona, a todas las personas –la mayoría jóvenes entusiastas- que colaboraron durante casi cuatro años para traducir gratuitamente del francés las más de 700 páginas de este libro. Julia comenzó a traducir este libro a sus 78 años y lo terminó a los 83. Y lo hizo como en los viejos tiempos: ¡a mano! Además, realizó la supervisión final de la traducción. Una proeza que miles de lectores e investigadores de habla hispana agradecerán en los tiempos por venir."


DISCURSO COMPLETO 
DE BINDER EN PDF



GALERÍA FOTOGRÁFICA
DE LA JORNADA


Rubén Villela, editor de Ad Hoc
y Alberto Binder


Andrés Harfuch y
Héctor Granillo Fernández










Puede verse el libro original en francés
de 1871 que Binder donó al INECIP


Susana Lamolla de Montero,
tía de Andrés Harfuch, consuela
a su sobrino


Binder le da el premio a Julia










Julia Harfuch y la jueza de Córdoba Patricia Soria


Harfuch y Felipe Granillo Fernández




Harfuch, Soria, Héctor y Felipe
Granillo Fernández


La parentela en pleno....


Julia Harfuch y dos de sus tantos nietos
Gaspar y Félix, que vinieron
a ver a la abuela




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El juez Gonzalo Rúa saluda a Julia


El INECIP colmado






Agradecemos a Mauro Villela, a Analía Reyes, Alberto González, Julián Alfie, al INECIP y la AAJJ  por las fotos, videos y profusa publicidad en redes.