Los siete jurados, la magnífica sala de audiencias y de espaldas el camionero |
Neuquén suma otro hito a su ya larga tradición de ser vanguardia en Argentina e Iberoamérica en materia de reformas del sistema de justicia.
Neuquén fue la primera provincia Argentina en implementar en el año 2011 un sistema procesal penal completamente acusatorio, oral, público y con juicio por jurados clásico. Un caso de homicidio es hoy resuelto en ocho meses, con audiencias públicas y orales en todas las etapas y el juicio por jurados.
EL JUICIO
Se juzgó a un camionero por arrojar basura en la vía pública, filmado por las cámaras de seguridad del Municipio. Fue declarado responsable y el jurado le impuso una amonestación y 10 horas de trabajo comunitario. El juicio en sí fue completamente oral y duró poco más de media hora.
El juicio fue muy interesante, ya que el camionero alegó un error de derecho. Es decir, que no sabía que allí no se podían tirar cosas. El dejó un colchón viejo. El buen hombre alegó que en la filmación se puede ver perfectamente que en ese lugar había basura acumulada desde hacía largo tiempo. Que la gente siempre tiró cosas allí. Que él no sabía que allí no se podía dejar un colchón y que era la primera vez que lo hacía. En términos jurídicos, el chofer dijo que pensó de buena fe que estaba permitido (error indirecto de prohibición). Manifestó su amargura por cómo lo escracharon en las redes sociales "como si fuera un delincuente".
El presidente del jurado |
Otro de los jurados toma nota |
La Secretaria de Seguridad del municipio, que ofició de acusadora, replicó diciendo que el artículo 1° y 8° del Código Civil sostienen la presunción iures et de iure de que el la ley es conocida por todos.
Pero, además y específicamente al caso concreto, en el municipio hay profusa publicidad radial, en video, en redes sociales y cartelería de los lugares habilitados para arrojar basura. Que siempre hay volquetes en dichos lugares y en este no había ninguno. Que el municipio cuenta con lugares perfectamente señalizados para arrojar basura y en este no había nada de eso.
La pena iba desde multa de hasta dos millones de pesos hasta una simple amonestación. En el medio estaba la posibilidad de reemplazar la multa por horas de trabajo comunitario.
El proceso del jurado municipal del Chañar es sencillo y totalmente gratuito. Siete jurados con paridad de género son sorteados al azar de una lista voluntaria. Juzgan de manera unánime a los presuntos infractores de hechos graves que afectan la convivencia. Las pruebas se presentan íntegramente de manera oral en la audiencia de debate.
El jurado elige un presidente que dirige el debate entre al presunto infractor y el Municipio. Reciben instrucciones de un coordinador, con la explicación de la ley vigente. El jurado decide en soledad, previa deliberación, la responsabilidad o no del infractor y aplica la sanción. La misma puede ser revisada ante un juez civil. En caso de estancamiento, se hace de nuevo el juicio ante otro jurado. Sino se llega por segunda vez a la unanimidad, el caso pasa a la jueza de faltas para ser decidido.
El jurado se retiró a deliberar |
EL ESTÁNDAR PROBATORIO DE LA PRUEBA PREPONDERANTE
Otro hito fundamental para el derecho argentino es que el jurado municipal de Neuquén debió valorar las pruebas bajo el estándar probatorio de la prueba preponderante, propio del derecho civil y que hace su estreno absoluto en el derecho contravencional de Argentina gracias al jurado.
El estándar fue explicado por el coordinador al jurado en estos sencillos términos:
"La parte que soporta la carga de la prueba debe convencer al jurado de que su versión de los hechos tiene más probabilidades de ser verdadera que de no serlo.
En términos más sencillos, debe haber una probabilidad superior al 50% de que su afirmación sea cierta."
Por "preponderancia de la prueba" se trata de demostrar que la afirmación de una parte tiene más peso en la balanza, aunque sea por poco.
No se trata de tener razón en todos los detalles, sino de que tu versión de los hechos sea la más plausible entre todas las opciones."
La preponderancia de la prueba es distinta del estándar probatorio más exigente que existe, que es el de más allá de toda duda razonable, que se aplica exclusivamente en los casos penales y que también hizo su estreno absoluto en el derecho argentino cuando Neuquén sancionó su código acusatorio y oral con jurados en 2011. Desde allí en más, lo adoptaron todas las provincias juradistas argentinas. Comienzan a abrirse paso los estándares probatorios con mucha fuerza en el derecho de Argentina.
EL ACTO INAUGURAL
El gobernador Omar Gutiérrez y el intendente de San Patricio del Chañar, Leandro Bertoya, encabezaron el acto de inauguración de la Sala del Jurado Municipal ubicada en Av. Gasparri Sur y Lago Moquehue.
Allí, se realizó el primer Juicio por Jurado Municipal. Los acompañaron Andrés Harfuch (INECIP), el fiscal general José Gerez, la Vice intendenta Silvana Cerdá y el intendente electo Gonzalo Núñez.
“Es un día histórico para San Patricio del Chañar porque se convierte en la primera localidad de Latinoamérica en implementar los juicios por jurados en el ámbito municipal”, dijo el fiscal general José Gerez.
“Y esto ocurre en nuestra provincia que fue la primera en implementarlos en el país, y que no dio un salto al vacío al hacerlo", agregó el funcionario y puntualizó que "el juicio por jurados mejora la percepción de los ciudadanos y ciudadanas sobre las instituciones, y no tengo dudas que esta iniciativa va a ser imitada por muchas otras municipalidades".