El juicio del robo al Casino |
En todos los países juradistas del mundo existe desde hace siglos una institución llamada en inglés "change of venue" y en francés antigüo "changement du lieu de jugement de l'affaire". En castellano se la conoce como "prórroga de la jurisdicción".
¿Qué significa? Es muy sencillo. Es la facultad que poseen exclusivamente el acusado y la defensa de pedirle al juez que, ante un caso que haya conmocionado de gran manera a la comunidad, el juicio se haga en otra ciudad de la jurisdicción o directamente en otro departamento judicial. La razón es asegurarse un jurado lo más imparcial posible.
Es una excepción tolerada al principio forum delicti comissi, que hoy constituye la base de la garantía constitucional del juez natural y de la prohibición de ser juzgado por comisiones especiales (arts 18 y 118 de la CN). El jurado que juzgue el caso debe estar obligatoriamente integrado por vecinos del lugar donde el hecho se cometió. Además, el juicio debe realizarse en dicho lugar y en ningún otro.
Esta seguridad individual de primer orden fue incluida en las Constituciones del siglo XVIII y XIX para evitar la práctica común de las monarquías tiránicas y despóticas de sacar a los acusados del lugar donde el hecho se había cometido y llevarlos muy lejos, a extrañas jurisdicciones, para que fueran juzgados por jueces o jurados que no eran sus pares, sus vecinos de la comunidad. Obvio, con el fin de conseguir las condenas.
Parte de las revueltas que provocaron la Independencia de los Estados Unidos en 1776 fueron, precisamente, los repetidos intentos del Imperio inglés de evitar los juicios por jurados en la Colonia (casi siempre absolvían) y llevarse a los colonos revolucionarios a Londres para ser juzgados allí por los delitos de sedición, sabotaje, etc cometidos en suelo norteamericano.
Más cercano en el tiempo y en la Argentina, el famoso "Camarón" para juzgar los delitos cometidos por las organizaciones guerrilleras en el período 1971-73 fue algo muy parecido, aunque sin jurados. Los delitos cometidos en Córdoba, Salta o cualquier lugar del país era juzgados por la recién creada Cámara Federal Penal de la Nación, que comenzó a funcionar en la la Capital Federal en 1971. Se la disolvió el 25 de mayo de 1973, día en que se liberó a los presos políticos durante el gobierno de Cámpora.
Fue un tribunal especial prohibido por el art 118 de la Constitución, ya que sacaba a los acusados de sus jueces naturales, que eran los jueces federales con asiento en las provincias donde el hecho se cometió.
Pero hay una excepción que permite cambiar el lugar del juicio dentro de la misma provincia y a pedido del acusado. Las leyes dicen así:
"Los juicios por jurados se realizarán en la circunscripción judicial en la que se hubiera cometido el hecho. Cuando un hecho hubiera conmocionado a una comunidad de tal modo que no pudiera razonablemente obtenerse un jurado imparcial, la o el juez podrá disponer, solo a pedido de la persona acusada y mediante auto fundado, que el juicio se lleve a cabo en otra circunscripción judicial, la que será sorteada por el juez en presencia de las partes".
El asalto en imágenes |
Esto fue lo que sucedió aquí. El año pasado, un jurado condenó a los cuatro acusados (una banda mixta de ladrones, ex policías y un empleado entregador) de haber robado un cuantioso botín del Casino de Paraná. La Cámara de Casación Penal de Paraná revocó la condena por un vicio de procedimiento y ordenó un nuevo juicio ante otro jurado.
El nuevo juez, Alejandro Grippo, hizo lugar al pedido de prórroga de jurisdicción que efectuó el abogado defensor del imputado por considerar que iba a ser imposible conseguir jurados imparciales en Paraná por la gran notoriedad que había tenido el asalto. El fiscal Budasoff apeló y el Cámara de Casación le dio la razón con argumentos que vale la pena destacar.
Básicamente, el tribunal revisor sostuvo que los delitos juzgados por jurados son siempre graves y de gran repercusión periodística. Pero que eso por sí solo de ninguna manera permitía excepcionar garantías tan importantes como las antedichas y menos en un caso así.
Los jueces de Casación Davite, Badano y Pimentel pusieron el acento en el lugar correcto: la audiencia de voir dire. Nada le impedía al abogado defensor obtener un jurado imparcial con un correcto litigio en la audiencia de voir dire. Es allí donde se emplean las recusaciones con y sin causa con el fin de remover a aquellos potenciales jurados con opiniones formadas por la supuesta exposición mediática.
Citan a la autora argentina María Luisa Piqué y sus notables artículos sobre el juicio por jurados en Minneapolis, donde se juzgó el crimen de George Floyd a manos del policía Derek Chauvin (confirman condena a Chauvin). El argumento en apelación de la defensa fue que el juez se había negado al "change of venue" para llevar el juicio a otra ciudad del Estado. La defensa insistió en apelación basado en la repercusión mundial y planetaria del caso y de cómo había afectado a la ciudad de Minneapolis. La Corte de Apelaciones resolvió denegando todas las peticiones.
La parte más sustanciosa del fallo es cuando citan dicha jurisprudencia: "En lo que aquí interesa, la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de la defensa en relación al cambio de jurisdicción, afirmando -en síntesis- que "no se podía presumir que los posibles jurados son parciales únicamente por haber estado expuestos a las noticias periodísticas antes del juicio y que un juicio justo no necesariamente significa que los miembros del jurado deban ser 'totalmente ignorantes de los hechos y asuntos involucrados' en un caso penal importante que ha generado interés público. Con cita de la Corte Suprema federal, dijo: 'La notoriedad no necesariamente perjudica y la imparcialidad del jurado no exige ignorancia de los hechos'".
"Para impugnar el veredicto de un jurado sobre la base de la repercusión mediática del caso, la defensa no puede basarse solamente en el prejuicio presunto, sino que tiene que demostrar que el jurado en particular tuvo un prejuicio concreto y real y solo en casos excepcionales se podría presumir ese prejuicio (en casos donde la publicidad haya sido demasiado perjudicial). Pero independientemente de eso, el test definitivo sigue siendo si los miembros del jurado pueden dejar de lado sus impresiones u opiniones y rendir un veredicto imparcial".
VER EL FALLO COMPLETO
(aquí)
- Cámara de Casación de Paraná, "SANTINI ERIC AGUSTIN - CEJAS HECTOR EMANUEL - CABRERA GUSTAVO ADRIAN - MILDENBERGER ALFONSO MARTIN S-ROBO AGRAVADO S/ RECURSO DE CASACION (Registro anterior N°1963/22) RESOLUCIÓN N° 209 24 de octubre de 2023.
Leer noticias aquí:
- Entre Ríos Ahora (24/10/23): "Asalto al Casino: revocan fallo de un juez y el juicio se hará en Paraná" (ver)