El Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires ratificó la condena a 15 años de prisión a un violador y respaldó las instrucciones al jurado con perspectiva de género.
El fallo lo dictó la Sala IV del tribunal, con los votos de los jueces Carlos Natiello y Mario Kohan (descargar fallo aquí).
El abogado de la defensa se había agraviado, sosteniendo que las continuas referencias en las instrucciones del juez al jurado acerca de valorar la prueba con perspectiva de género y sin estereotipos habían contaminado al jurado. Que dicho proceder era ideologizado, excesivo y sesgado en contra del imputado.
El tribunal de casación rechazó este agravio y se manifestó con minuciosidad acerca del contenido de las instrucciones al jurado con perspectiva de género en los casos de violencia sexual.
Jueces Kohan y Natiello |
En primer lugar, señaló que la cuestión de perspectiva de género no es una ideología, sino que es una ley vigente y un deber convencional del Estado argentino. Por ende, como toda ley penal, debe ser transmitida por el juez al jurado en sus instrucciones.
Los jueces Natiello y Kohan fueron muy claros y ratificaron que toda instrucción al jurado con perspectiva de género es el mecanismo privilegiado para evitar los sesgos en el jurado.
También señalaron que la audiencia de voir dire y el desempeño del juez en la conducción del juicio son los otros elementos principales destinados a garantizar la imparcialidad del juzgador, en este caso el jurado, y a evitar o reducir los prejuicios de género que pudiesen existir.
"..el debate de las cuestiones de género deben ser parte de dos hitos fundamentales en el procedimiento instituido por la ley 14.543: la audiencia de deselección de los jurados (o “voir dire” reglado en el art. 338 quater del C.P.P.) y en las instrucciones que se imparten a ellos."
Analía Reyes |
El voto de los jueces destaca el trabajo de la profesora Analía Reyes, que es quien más se ha dedicado en el país al tema de instrucciones al jurado con perspectiva de género. Por tal razón fue varias veces citada por los jueces en relación a cuál debe ser el contenido básico que deben tener dichas instrucciones (ver publicación).
En ese sentido, toda instrucción al jurado, para abastecer las exigencias de la Convención de Belem do Pará y la CEDAW debe explicar en qué consiste la violencia de género, debe explicar el contexto en el cual se da esa violencia de género y debe explicar al jurado cómo debe ser valorada la prueba sin estereotipos.
Estas instrucciones ya se vienen impartiendo en el país con ese contenido desde hace varios años con todo éxito. Los jurados las comprenden perfectamente y pueden decidir así sus veredictos.
Estas mismas instrucciones han sido validadas por la Corte Suprema de Justicia de Mendoza recientemente en un caso de transvesticidio (Corte de Mendoza confirma condena por travesticidio de Melody Barrera y respalda las instrucciones al jurado por crimen de odio contra el colectivo LGTTBIQ+).
El fallo es enfático al señalar que la violencia de género no es un episodio aislado, sino que es un continuo del ejercicio de violencias y que por eso debe serle explicado al jurado el contexto en el cual estas ocurren.
- TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES causa N° 120.905 caratulada “GONZALEZ, Enzo Javier s/ Recurso de Casación", 31 de agosto de 2023 [ver fallo completo]