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jueves, 3 de noviembre de 2022

NEUQUÉN: No culpable de haber abusado sexualmente a su ex pareja. Extraordinario rol de la defensa pública

Hoy terminó otro juicio por jurados en Neuquén, la provincia donde se originaron los jurados clásicos en Argentina. Esta vez, con un veredicto de no culpabilidad a favor de E.V.F. en un presunto caso de abuso sexual con acceso carnal que el jurado no encontró probado más allá de toda duda razonable.

Los 12 miembros del jurado popular dieron a conocer su veredicto de no culpable tras deliberar por aproximadamente 3:30 horas.


El juez Federico Sommer

Federico Sommer, del Tribunal de Impugnación, fue el juez técnico que estuvo encargado de dirigir el debate. El juicio por jurados demandó ocho jornadas en las que se produjo la prueba y se recibieron varios testimonios, entre los cuales estuvo el de la víctima del hecho.


Fiscal Maximiliano Breide Obeid

La teoría del caso del fiscal Maximiliano Breide Obeid es que el hecho ocurrió entre el 26 de julio de 2017 y el 5 de agosto del 2017, en una vivienda de la ciudad de Neuquén. El imputado y la víctima habían mantenido una relación de pareja y tienen un niño de 4 años. Al momento de ocurrido el hecho, vivían en la misma casa a pesar de estar separados. Aprovechando esa circunstancia, se aleó que E.V.F abusó sexualmente de la mujer utilizando la fuerza.

Según el relato fiscal, luego del abuso sexual sufrido la mujer fue internada en el Hospital Castro Rendón de urgencia, producto de un episodio de “despersonalización por trastorno de estrés postraumático”, siendo medicada psiquiátricamente.

El delito por el que Breide Obeid  acusó al imputado es abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar un grave daño para la salud mental de la víctima (artículos 119 primer tercer y cuarto párrafo y 45 del Código Penal).

Por la querella actuó la abogada Celina Fernández.


Defensor Oficial Mauricio Macagno


La defensa de E.V.F. estuvo a cargo de la defensa pública, a través del equipo conformado por el defensor Mauricio Ernesto Macagno y los funcionarios Matías José Gómez Congost y Camila Solange del Ponte. Su tarea de litigación fue destacada por todos los presentes, tanto en cómo prepararon su caso y en cómo contraexaminaron a los testigos y expertos del fiscal.

¿Cuál fue su teoría? Pues que el hecho no existió. Tampoco el estrés postraumático. Lo que había ocurrido era una psicosis puerperal unos días después, pues el hijo había nacido unos días antes de la alegada violación.

 

El funcionario Matías José Gómez Congost

Con testimonios de expertos se probó el estado de psicosis previo a un brote psicótico que tuvo la víctima. Con brillantez la defensa realizó numerosos exámenes y contraexámenes donde se vio el gran trabajo que se realizó en forma previa al entrevistar a la mayoría de profesionales de la salud: médicos, psicólogos, etc. Además se probó que el imputado durante 5 años no pudo ver a su hijo producto de esta lamentable situación.


La funcionaria Camila Solange del Ponte

Es de destacar que la defensa se realizó con una respetuosa perspectiva de género, sin menoscabar, ni estereotipar, ni atacar a la víctima. Eso también se vio en las instrucciones al jurado que impartió el juez Federico Sommer.

Lo cierto es que el jurado no encontró pruebas suficientes capaz de derribar el estatus de inocencia del acusado más allá de toda duda razonable. De allí la absolución.

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- 25/10/22 - Minuto Neuquén - "Comenzó el juicio por jurados contra el acusado de abusar de su ex pareja" (ver

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