En 2019, el fiscal Martín Zocca acusó a G.B.G, tío de A.D.G (una niña de entonces 5 años) por hechos de abuso sexual gravemente ultrajante ocurridos en el año 2009 en el predio en que vivía el hombre en Exaltación de la Cruz. La niña tenía en ese entonces 5 años y el tío 18 años.
La niña fue a buscar algo a esa casa y el tío la habría llevado a la habitación de los abuelos, donde le efectuó los tocamientos libidinosos por arriba de la ropa. Después le dijo que no le contara nada a los padres.
Después hubo otros hechos, pero el jurado lo declaró no culpable.
El problema del juicio, que fue dirigido por el juez Róppolo, fue que el audio de la Cámara Gesell era inexistente. Es una falla técnica que ya se repitió en varios departamentos judiciales y que asombra que no puedan solucionar.
Por más que las psicólogas del CAV enfatizaran que el relato era creíble, el jurado ante la duda declaró la no culpabilidad.
Pero donde no tuvieron dudas fue en los tres hechos de desobediencia para no acercarse al domicilio.
Allí sí lo declararon culpable de esos tres cargos.