AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

viernes, 16 de septiembre de 2022

MENDOZA: Histórica condena del jurado por crimen de odio y travesticidio para el policía que mató a Melody

Melody Barrera 

Terminó ayer un juicio que hará historia en Argentina. Era la primera vez que se juzgaba en un juicio por jurados un travesticidio por odio. La expectativa era enorme.

El jurado popular, tras más de seis horas de deliberación y varios pedidos de aclaraciones a la jueza, halló culpable por crimen de odio al policía Darío Jesús Chaves Rubio por el asesinato de Melody Barrera, ocurrido en agosto de 2020 en Guaymallén.

Los doce ciudadanos se inclinaron por la calificación más grave: homicidio agravado por el odio a la identidad o expresión de género, homicidio agravado por el uso del arma de fuego, por su cargo de policía, por la alevosía y el ensañamiento.

La jueza Nancy Lecek, de brillante desempeño, le impuso prisión perpetua. Es un juicio que sentará jurisprudencia en todo el país.


Manifestación en tribunales 


LOS HECHOS

"Voy a ir a busca el arma y cagar a tiros a estos travas"

Esa fue la frase fatal para el policía, escuchada por el chófer de Cabify que tomó el policía para ir a su casa, buscar el arma reglamentaria y volver a la esquina a matarla a Melody.

De acuerdo a la teoría del caso de la fiscalía y la querella, el asesinato de Melody Barrera ocurrió el sábado 26 de agosto de 2020 alrededor de las 4.40, cuando se encontraba en el cruce de calles Correa Saá y Costanera, en San José. Era plena cuarentena estricta en la calle.

Hasta ese lugar llegó Chaves a bordo de un Volkswagen Bora y la quiso contratar, pero hubo una discusión y la joven le arrojó gas pimienta en el rostro.

Fiscal Fernando Guzzo 

Fiscal Andrea Lazo


Luego de que Melody le arrojara gas pimienta, Chavez Rubio se detuvo a los pocos metros para limpiarse la cara, lleno de furia. En ese momento, paró a un chofer de Cabify que pasaba por allí y le dijo "Voy a ir a buscar el arma y cagar a tiros a estos travas de mierda". 

Efectivamente, momentos después regresó para cumplir su promesa: se bajó del auto y disparó varias veces hacia Melody, quien recibió seis impactos de bala, cuatro de ellos en la espalda. La fusiló. Las heridas la dejaron agonizando en el piso durante media hora. Un testigo llamó a la línea de emergencias 911 para alertar sobre el ataque.


"Estos travestis de mierda me tiraron gas pimienta en la cara”.

El testimonio del conductor de la aplicación de viajes Cabify, junto a las imágenes de cámaras que lo captaron en las cercanías de la escena y la geolocalización del celular del acusado, permitieron dar con el autor del crimen. 
 
El conductor relató en el juicio al jurado: “Estaba trabajando y me tocó un viaje, en el trayecto veo un automóvil oscuro estacionado con las puertas abiertas, pare porque pensé que había sufrido un robo. Había una persona que le habían tirado gas pimienta en la cara. Estaba como enojado con la situación.

La defensa del acusado

"No odio a los trans, he salido siempre con ellas" 

“Sentí miedo y pensé que me matarían”

Chavez Rubio frente al jurado

Durante su declaración, antes de los alegatos de cierre del defensor Pablo Cazaban, el acusado explicó que la víctima le había robado su arma reglamentaria y había intentado dispararle "sentí mucho miedo, pensé que iban a matarme", dijo. Además, descartó que haya matado por odio hacia el género y que nunca se aprovechó del estado de indefensión de la víctima, expresó que solamente disparó para defenderse.

Los fiscales fueron Fernando Guzzo y Andrés Lazo, de gran desempeño al ejecutar la prueba y preparar su caso. En tanto, la querella estuvo a cargo de Viviana Beigel y Lucas Lecour, pertenecientes a la prestigiosa organización de Derechos Humanos Xumek. Sus alegatos de apertura fueron devastadores, sobre todo mediante el ejemplo de la cajita (ver video). Los acusadores lograron un precedente único en el país.

El Pelado Chaves, por su parte, relató que la madrugada en la que ocurrió el hecho de sangre se dirigió hasta la Costanera, con el objetivo de contratar los servicios sexuales de una mujer trans: "Consulté por sus servicios y ella me habló desde la ventana de mi auto. Desde ahí se metió y me arrojó gas pimienta y me sacó el arma. Me di cuenta de esto cuando iba camino a casa".
 
EL JUICIO

El acusado Chaves Rubio junto a sus defensores


Fiscales Guzzo y Lazo junto a la querella  de Xumek
Beigel y Lecour.

Importante precedente: Agravante de la función policial cuando se encontraba de franco

Verónica Beigel, de Xumek

Lucas Lecour, de Xumek

Tanto la fiscalía como la querella, solicitaron al jurado popular que Chavez Rubio sea declarado culpable por el delito de homicidio agravado, no solo por odio a la identidad de género (transfemicidio o travesticidio) sino también, en relación a la función policial. 

Es que al momento del hecho, el acusado se encontraba de franco. En los alegatos de cierre, fundamentaron su postura diciendo "El estado de policía no se pierde por estar de franco. El conocimiento de como disparar tampoco. Usó su arma reglamentaria 9 que le había otorgado la policía de Mendoza para cuidarnos. El estaba especificamente capacitado por la ley base de la policía, solamente pueden utilizar el arma solamente en casos extremos. Este no era un caso extremo, Melody estaba desarmada."




La jueza Nancy Lecek instruye al jurado 


Fiscalía: "Fue un asesinato por odio, prejuicio a la identidad de género, cruel, con sufrimiento a la víctima sin que ella pudiera defenderse"

Para los fiscales Guzzo y Lazo, Chavez Rubio "planeó la venganza por mas de una hora, hizo todo lo contrario no solo a lo que marca el sentido común, sino todo lo contrario a lo que su formación le indica: como funcionario policial sabe como disparar en zonas no vitales, pero utilizó el medio mas lesivo, porque quería la muerte y el sufrimiento de la víctima. No le salió una disculpa en su declaración, porque para él, Melody fue un objeto. Estuvo por mas de una hora agonizando". 

Anticipándose a la estrategia de la defensa, el fiscal Guzzo dijo a los jurados "Uno no puede excederse de donde nunca estuvo. No puedo excederme en la velocidad si ni siquiera prendí el auto. Chavez Rubio no puede exdederse en la legítima defensa porque nunca tuvo que defenderse de ninguna agresión". 

Defensa: "Me excedí en defenderme"

El eje de la defensa del policía fue que se excedió en la legítima defensa.

"¿Podía haber tirado un tiro al aire? Sí.
¿Podía haber apuntado al piso? Sí.
No lo hizo, apuntó hacia Melody. 
¿Para qué? Para defenderse de una agresión que no había provocado. Ahí está el exceso en la legítima defensa.

El exceso se da cuando se le puede exigir a la persona una conducta alternativa a la que realizó, dada las circunstancias de modo, tiempo y lugar. Se podía defender de una forma menos lesiva, si. Eso es lo que nosotros proponemos como solución. Tiene una pena, se castiga a quien se excede en el ejercicio de un derecho. No le pedimos un fallo de no culpabilidad, le pedimos un fallo de culpabilidad pero en esas condiciones. No queda impune y es ajustado a la realidad.'

El jurado descartó por unanimidad este argumento y lo condenó por crimen de odio y travesticidio.


ALEGATOS DE CLAUSURA 



LECTURA DEL VEREDICTO



REPERCUSIÓN EN LOS MEDIOS


Entrevista a Andrés Harfuch 









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