Un nuevo caso - el cuarto- juzgado por jurados fue decidido por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.
Con voto de los jueces Daniel Soria, Sergio Torres, Hilda Kogan y Luis Genoud, el máximo tribunal provincial volvió a convalidar la decisión de un jurado.
El caso fue juzgado en San Martín en 2016 (leer el caso aquí). La fiscalía acusó a dos hombres por homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas. Eran los choferes de dos combis de las que bajaron varias personas que ejecutaron a tiros a otra. La Defensa sostenía que los acusados no eran los autores del hecho.
El jurado partió a deliberar con tan solo dos opciones extremas de veredicto:
- Culpable de homicidio agravado por premeditación.
- No culpable.
La propia defensora oficial María Alejandra Scandinaro, convencida que no había prueba para condenar, se negó expresamente a que hubiera una opción menor por cómplices secundarios, que eliminaba la prisión perpetua. A juicio de la defensora, eso hubiera hecho que el jurado los condenara a una pena alta. La defensora se jugó a que no había secuestro de arma alguna. En la escena sólo se encontró un celular, que condujo a la detención de los choferes. Ninguno de los matadores fue identificado.
El jurado se estancó en 10 votos tras una larga deliberación. La defensa insistió en que no hubiera opción menor. El jurado volvió al jury room y alcanzó la unanimidad por la única opción brindada en tal sentido. Declararon a los acusados culpables de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas.
Tras ese veredicto, los acusados fueron condenados por el juez técnico a la única pena prevista por el Código Penal para ese tipo de delitos: prisión perpetua.
El agravio principal de la defensa en el recurso fue descargar en el juez la responsabilidad de no haberle informado de oficio al jurado la posibilidad intermedia.
El planteo era impecable desde la prueba, pero había un pequeño gran problema: la defensa había pedido expresamente al juez técnico que no incluyera esas opciones.
Es así que el la Suprema Corte, siguiendo el criterio previo del Tribunal de Casación, entendió que no podía agraviarse por un error que la misma defensa había contribuido a generar, por lo que confirmó el veredicto del jurado.
Este caso es una demostración de la importancia del litigio responsable de las instrucciones al jurado.
Puede accederse al fallo en el siguiente enlace:
- Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA), causa P. 133.779, "Greco, Julio Antonio s/ Queja en causa n° 82.212 del Tribunal de Casación Penal, Sala III", 25/10/2021 [Ver]