La cabo Hernández |
“Pido perdón, pido perdón a su familia, a su mamá, a mis hijos. No lo vi. No lo vi”, dijo la acusada
Finalmente se conoció el veredicto de un caso que conmocionó a todo Neuquén y que, tanto por su complejidad como por la excelente actuación de las partes, sin duda elevaron la calidad del litigio a su máxima expresión. Tras cinco jornadas de debate en el Centro Cultural "Gregorio Álvarez", el jurado rindió un veredicto de unanimidad por culpabilidad contra la Cabo Magalí Hernández por el delito de homicidio culposo.
LOS HECHOS
El 8 de octubre del año 2019, minutos después de la medianoche, Hernández se encontraba en su domicilio de Cutral Có. Su pareja, Dante Biazetti se encontraba afuera del domicilio. La pareja vivía con sus dos hijos de 7 y 2 años en el Barrio Norte de Plaza Huincul y se llevaban muy mal. Las agresiones eran constantes.
En el momento de los hechos, ella se encontraba sola con los chicos en el interior de la vivienda, específicamente en la cocina. De repente, lo ve a Biazetti acercándose para ingresar. Temerosa de otro conflicto, la mujer tomó su arma reglamentaria y efectuó un disparo hacia afuera, el cual impactó en Biazetti. Minutos después, había fallecido.
Es aquí donde los hechos se empezaron a controvertir. La prensa local lo destacó con todas las letras:
"Cabo Magalí Hernández: ¿víctima o victimaria?
¿el tiro fue a matar, o para asustar?
Esto es lo que tuvo que resolver el jurado. La mujer, luego de disparar, salió desesperada hacia afuera y trasladó a Biazetti hacia la guardia del Hospital de la localidad. Luego se retiró y fue detenida más tarde en la casa de sus padres.
TEORÍA DEL CASO DE LA ACUSACIÓN
La fiscal Taboada |
Las fiscales Sandra González Taboada y Gabriela Macaya tenían una narrativa sólida. Ellas sostuvieron que hubo una fuerte discusión entre la pareja, en la que Hernández terminó por dispararle intencionalmente a Biazetti. Acusaron y le solicitaron al jurado que rindieran un veredicto condenatorio por el delito de homicidio agravado por el vínculo y mediante el empleo de un arma de fuego. Una pena de prisión perpetua.
La familia de la víctima estuvo representada por los abogados querellantes Matías Cenci y Angélica Muñoz, que acompañaron la acusación fiscal.
La prueba más fuerte de la fiscalía fue poner en pantalla la cantidad de mensajes del chat con numerosas descalificaciones de ella hacia él, y enumeró once mensajes en los que lo amenazaba con “cagarlo a tiros”.
LA DEFENSA
La defensa oficial estuvo a cargo de la defensora oficial Vanessa Macedo Font, Diego Simonelli y su equipo. Realizaron un gran trabajo, coronado por el triunfo unánime de la condena por el delito menor incluido de homicidio culposo. Salvaron a su cliente con pruebas concretas de la prisión perpetua. Sin dudas, un gran logro de la defensa pública de Neuquén.
A través de la fundamental declaración de peritos balísticos de parte y de la autopsia, la defensa pública logró convencer al jurado que ese día la cabo Hernández, tras una acalorada discusión, quiso asustar a Biazetti para evitar que ingresase a la vivienda y efectuó un disparo. Pero no lo hizo contra el cuerpo de él. Lo que sucedió es que la acusada, al momento de disparar, no previó que el proyectil impactaría con un obstáculo en su trayectoria y se fragmentaría. Unos de esos fragmentos impactó en la víctima y causó la muerte. Homicidio imprudente en toda la línea.
LA EXPLICACIÓN DE LOS TESTIGOS EXPERTOS
Los dos peritos le explicaron al jurado el camino que realizó la bala disparada por Hernández. Graficaron tanto la posición del tirador como de la víctima. Concluyeron que el relato de la acusada era verosímil, y que Biazetti no se encontraba dentro del ángulo de visión como para apuntarle directamente a él con su arma. En palabras de uno de ellos: "Hernández estaba apuntando a un lugar seguro", haciendo referencia a que la cabo pretendía efectuar un disparo al aire.
Sin embargo, ese proyectil impactó contra uno de los parantes exteriores de la vivienda, lo que ocasionó su fragmentación. A partir de allí, los fragmentos salieron disparados en distintas direcciones. Trayectorias que eran imposible de prever.
El médico legista, Dr. Gerardo Tissera, quien luego de estudiar el informe de autopsia e imágenes del cuerpo de la víctima, concluyó que su lesión fue producida por "un rebote, siendo que el orificio era 'atípico', lo que señala la trayectoria y el tipo de proyectil que lo produjo". Además, descartó la posibilidad de que el tirador y la víctima hayan estado enfrentados. El juicio prácticamente se definió allí.
LAS INSTRUCCIONES DEL JUEZ
Juez Diego Chavarría Ruiz, de destacada labor |
La actuación del juez Diego Chavarría Ruiz fue fundamental, sobre todo para encarrilar las instrucciones finales al jurado y sus deliberaciones. Es que la violencia de género sobrevolaba el caso y enfrentaba a fiscalía y defensa, pero sin pruebas concretas.
La propia defensora alegó en el cierre que "no pudimos traer prueba directa de las agresiones que sufrió Magalí”..."Magalí fue víctima de violencia de género; no tuvo ayuda de la Policía, porque la institución promueve la política del silencio en estos casos”. Por tal razón, el juez se puso firme e impidió producir testimonios periciales sobre el punto. En síntesis, dejó afuera de la discusión a la violencia de género como relevante para la solución de este caso.
Sin embargo, le permitió a la defensa proponer una causa de justificación de legítima defensa en contexto de violencia de género.
Tras unas tres horas de deliberación, el jurado alcanzó el veredicto unánime por homicidio culposo. Algo muy importante para legitimar una decisión muy difícil. Al punto que los familiares de Biazetti se fueron conformes con que haya sido condenada. "Familiares y amigos del hombre esperaron afueran del edificio judicial festejaron al conocer el resultado" consignó Cutral Co al instante (ver)
EL VEREDICTO
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