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miércoles, 13 de enero de 2021

DOCTRINA: EL PROFESOR ALBERTO DALLA VÍA FUE TAPA DE "LA LEY" CON UN ARTÍCULO SOBRE JUICIO POR JURADOS

El destacado constitucionalista, Prof. Alberto Dalla Vía

El Diario La Ley dedicó la tapa de su primera edición del año 2021 con el artículo "El juicio por jurados ante la Reforma Judicial" del prestigioso constitucionalista argentino, el profesor Alberto Dalla Vía.

Se trata de un artículo magnífico. No sólo por su contenido, sino porque desgrana punto por punto las consecuencias jurídicas que se desprenden de la consideración del jurado como una indiscutida garantía individual de las personas (art 24 CN).


Otros constitucionalistas en el pasado, como el caso de Alberto Bianchi, escribieron y teorizaron sobre el juicio por jurados. Pero este artículo se hace cargo de la actualidad viva de más de 500 juicios por jurados en el país y de los leading case de la CSJN (Canales, 2019) y de la CIDH (RVP vs Nicaragua, 2018).

A no dudarlo, este trabajo académico tendrá mucha influencia en el Derecho Constitucional. Cita los más importantes precedentes del mundo sobre juicio por jurados. No sólo eso, sino que además toma partido y concluye que el modelo de jurado clásico con 12 personas y un veredicto general, unánime y definitivo es el que se ajusta a nuestro modelo constitucional.

"Tales principios forman parte de las características del juicio por jurados clásico y en nuestra opinión deben ser mantenidas al adoptarse en nuestro país, puesto que hacen al buen funcionamiento de un instituto que nuestra constitución tomó del modelo estadounidense y que al ponerse en marcha en varias provincias, después de 166 años se vinculan no solamente con su buen funcionamiento sino con la experiencia de varios siglos...."


Dalla Vía y Vanossi, al incorporarse a la Academia Nacional
de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires
 


Acceda al artículo a través del siguiente enlace:

- El juicio por jurados ante la reforma judicial [Leer]
Por Alberto R. DALLA VIA
Publicado en Diario LA LEY, Buenos Aires, Argentina, martes 12 de enero de 2021 [AÑO LXXXV Nº 15 - TOMO LA LEY 2021-A]