Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales
En el marco de una pandemia que paralizó a toda la humanidad, el avance del juicio por jurados no se detiene. El 13 de marzo, días antes de la entrada en vigor de la cuarentena obligatoria en nuestro país, se realizó el sorteo de potenciales jurados para los juicios populares que se desarrollen en Neuquén en el 2020. Un total de 864 ciudadanos neuquinos fueron seleccionados.
Según lo establece la Ley 2.784, no pueden integrar los jurados: los abogados; los mayores de 75 años de edad; el gobernador y vicegobernador de la Provincia, ni sus ministros; los titulares del Poder Ejecutivo comunal; los funcionarios auxiliares del Poder Judicial, Ministerio Público y Defensa Pública; los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas o de Seguridad y de la Policía Federal y Provincial; los ministros de un culto religioso; los que tengan sentencia con pena privativa de libertad por delito doloso, o los que estén formalmente sometidos a proceso penal.
El sorteo se realiza a partir del padrón electoral, el cual es previamente depurado para excluir a las personas que tienen incompatibilidad legal. En este caso, había 353.203 personas candidatas: 177.852 mujeres y 175.351 hombres. Luego, se realizará una segunda depuración en base a las declaraciones juradas que completen las personas seleccionadas, lo cual arrojará el listado final de potenciales jurados que podrán ser convocados a las audiencias de selección de jurados (voir dire) que se realizan antes de cada juicio por jurados.
Por criterio unánime de 12 votos, el jurado popular consideró esta tarde y tras dos jornadas de audiencias que Santiago Lazarte es culpable de homicidio con exceso en la legítima defensa en el juicio por el crimen del bailarín de hip hop Leonardo Curruinca, de 27 años de edad. El hecho sucedió el 24 de mayo de 2018.
LOS HECHOS
Todo empezó con el hurto de la moto de Leo Curruinca. La buscaron por todos lados y finalmente la encontraron a la noche. No conforme con esto, las lenguas de doble filo del barrio le hicieron llegar a sus oídos que un conocido caco de la zona no sería ajeno al hecho.
Ese otro era nada menos que Cristian Lazarte, que vivía no muy lejos de allí. Entonces Leo y su hermano "fueron a exigirle explicaciones". Durante el juicio quedó claro que las buenas maneras habían quedado en el olvido. Leo y su hermano fueron a atacarlo con piedras y un fierro.
Cristian Lazarte detenido
La prensa local, presente en el juicio, publicó que "durante el debate quedó expuesto el hecho de que, luego del hallazgo de la moto que había sido robada Cristian Curruinca en la noche previa al crimen, éste y su hermano Leo fueron a buscar a Lazarte para “exigirle explicaciones”. Precisamente, en esas circunstancias, se escucharon declaraciones que indicaron que los Curruinca agredieron a Lazarte con un fierro y piedras y que este último acuchilló a Leo cuando se defendía una agresión, usando un cuchillo que, momentos antes, había utilizado para abrir una cerveza en la calle, a metros de la casa de Cristian Curruinca."
Tras la detención de Lazarte, casi hubo una pueblada. Al enterarse e su muerte, allegados a Leo intentaron quemarle la casilla donde residía el cuchillero en la calle Laprida, entre Godoy Cruz y Guise de Tres Arroyos.
Leo y la moto choreada
EL JUICIO
Estaba claro desde un principio que la estrategia de la defensora oficial Laura Pereyra era que el jurado considerara que Lazarte se había defendido de una agresión. La defensora se mostró satisfecha con el veredicto. "Lógicamente, un defensor busca la no culpabilidad. En este caso, yo entendía que Lazarte se defendió legítimamente de un ataque, pero el jurado decidió que hubo un exceso, por ende, entendió que hubo un exceso en los medios que él utilizó para defenderse”.
Defensora oficial Laura Pereyra
Por su parte, el fiscal Gabriel Lopazzo buscó una condena por homicidio simple pero, muy en su fuero interno, supo perfectamente que el resultado iba a ser el que finalmente adoptó el jurado. Ni condena por homicidio simple, ni absolución por legítima defensa. Culpable por homicidio con exceso en la legítima defensa.
Fiscal Gabriel Lopazzo
“En realidad estoy satisfecho en parte. Este Ministerio fiscal había sostenido la calificación del homicidio simple, sin el atenuante de exceso de legítima defensa, una acusación subsidiaria, por si el Jurado entendía que había habido un acto de defensa por parte de Lazarte y que este había sido totalmente desmedido. Algo que finalmente terminó entendiendo”. “Básicamente abrimos el debate con la calificación que sostuvimos durante la instrucción. La calificación subsidiaria se toma en cuenta después de la valoración de la prueba y, de las circunstancias que surgieron durante el transcurso del debate", declaró el fiscal Lopazzo.
La jueza Verónica Vidal
Está ahora en manos de la jueza Verónica Vidal la pena que se le impondrá a Lazarte. La fiscalía ya adelantó que le pedirán cinco años de prisión y su declaración de reincidencia.
Leer noticias aquí:
LU24 La Brújula (12/03/20): "Caso Curruinca: El jurado consideró culpable a Lazarte por exceso de legítima defensa" (ver)
-La Voz del Pueblo (12/03/20): "Lazarte podría recibir hasta 5 años de cárcel por matar a Leo Curruinca" (ver)
La Corte Federal de Apelaciones del 9° Circuito de Estados Unidos, con sede en San Francisco, restituyó el veredicto del jurado civil de 2016, según el cual la banda británica Led Zeppelin no plagió la intro del clásico tema "Stairway to Heaven" a otro grupo californiano de los años ´60. Satisfacción mundial por la noticia.
Hace tres años y medio dimos cuenta en estas páginas del célebre veredicto del jurado que dirimió una demanda ridícula de plagio por el riff inicial del tema y puso las cosas en su lugar. (Un jurado civil falló a favor de Led Zeppelin).
Jimmy Page
Un plenario de los 11 jueces "en banc" de la Corte Federal de Apelaciones de San Francisco ratificó el veredicto unánime del jurado civil de 2016, que no encontró pruebas de que la canción de 1971 de Led Zeppelin violara los derechos de autor del tema "Taurus", escrita por Randy California Wolfe en 1968, cuando era parte de una banda de Los Ángeles llamada Spirit.
Randy Wolfe, quien tocaba en Spirit con el alias de Randy California, se ahogó en el Océano Pacífico en 1997 a la edad de 45 años mientras rescataba a su hijo Quinn de 12 años de una corriente en Hawai, por lo que el caso fue presentado por su albacea y custodio de sus bienes.
Leyendas inmortales
Esta ave negra apeló la decisión del jurado. En 2018 logró que el veredicto fuera revocado por un panel de tres jueces en San Francisco, que sostuvo que algunas de las instrucciones dadas al jurado por el juez habían sido "erróneas y perjudiciales", sin aclarar que los arreglos a partir de elementos de dominio público pueden considerarse originales. Se ordenó un nuevo debate ante otro jurado.
Sin embargo, Led Zeppelin apeló a la Corte Federal y solicitó un plenario "en banc" para reconsiderar la cuestión. Cualquiera que googlee las dos canciones se dará cuenta que la demanda no tenía asidero alguno y que sólo buscaba fama y dinero.
Los dioses del rock
Finalmente se hizo justicia con el Himno de Led Zeppelin. El plenario de jueces dictó una sentencia a favor del legendario grupo de rock y blues inglés basada en la Ley de Derechos de Autor de 1909, que vuelve a poner en vigencia el veredicto original.
Se estima que "Stairway to Heaven" ("Escalera al cielo") recaudó 500 millones de dólares desde que vio la luz en 1971.
El guitarrista de Led Zeppelin, Jimmy Page, interpuso la demanda junto con el cantante del grupo Robert Plant y el bajista y tecladista de la banda, John Paul Jones, testificó en 2016 que la secuencia de acordes en cuestión "había existido desde siempre".
"Sometimes all of our thoughts are misgiven..."
Leer noticias aquí:
- TELEFÉ Noticias (9/03/20): "Led Zeppelin no plagió "Stairway to Heaven", afirmó un tribunal de Estados Unidos" (ver)
El Prof. Dr. h.c. estadounidense Stephen C. Thaman, uno de los máximos estudiosos del juicio por jurados a nivel mundial y miembro del Comité Científico Consultivo del prestigioso Instituto Max-Planck de Friburgo (Alemania), llegó por segunda vez al país para ver en primera persona la explosión del juicio por jurados clásico que tiene lugar en la Argentina desde el 2011.
Es un honor para la Argentina que uno de los más grandes expertos del mundo en derecho penal y procesal penal comparados haya decidido venir al país. Habla con fluidez seis idiomas y volvió a la Argentina, tal como nos confesó, fascinado por el exitoso fenómeno cultural que supuso implantar un jurado clásico puro del common law en una jurisdicción heredera de la tradición continental e inquisitorial europea.
Actividad en Paraná, Entre Ríos
Thaman estará observando juicios por jurados en las provincias de Buenos Aires y Chaco, irá también a Paraná, Entre Ríos y dará varias disertaciones a jueces, abogados, ex jurados, líderes indígenas y público en general. También tiene previstas múltiples reuniones con INECIP y la AAJJ, Cortes Supremas de Justicia, Gobernadores y medios de prensa.
ANTECEDENTES ACADÉMICOS Y COMO LITIGANTE
Stephen Thaman es profesor emérito de la Facultad de Derecho de la Universidad Saint Louis de Missouri. Se doctoró con honores en la Universidad de Berkeley, California en 1975 y en la Universidad de Friburgo (Alemania) en 1992. Fue becado por la Fulbright con el premio al Senior Professor para estudiar en la Freie Universität de Berlín. Luego de ello, obtuvo una beca de investigación en el Instituto Max-Planck de Derecho Penal Comparado y Derecho Internacional en Friburgo, Alemania, donde amplió su ya vasto conocimiento acerca de las tradiciones legales internacionales y comparadas del common law y del civil law, con especial énfasis en el juicio por jurados en ambas culturas.
Lo llamativo de su currículum es que, además de sus indiscutibles dotes académicas y de investigador, Stephen Thaman se desempeñó durante doce años como defensor público en California. Realizó gran cantidad de juicios por jurados entre los años ´70 y ´80, con lo cual combina una experiencia única como litigante y como estudioso.
Thaman en Toledo, España
Principales áreas de su investigación y premios a su carrera
Thaman es un experto en el fenómeno del jurado en Rusia y España. Pero, además, ha sido consultado por los gobiernos de Rusia, Latvia, Georgia, Kyrgyzstan e Indonesia para la reforma de sus códigos de procedimiento penal.
Además de viajar extensamente por el mundo, escribió múltiples libros y artículos en varios idiomas para países como Alemania, Suiza, España y Francia. En los Estados Unidos ha publicado extensamente en las revistas jurídicas más importantes de su país, como la Stanford Journal of International Law, en la Hastings International and Comparative Law Review, en la Parker School Journal of East European Law, en la Cornell International Law Journal y en la Chicago-Kent Law Journal.
Sus áreas de investigación y publicación son los análisis comparados de las reglas de exclusión probatoria, los sistemas de jurados en Asia, América Latina y Europa y una perspectiva comparada acerca del uso del plea bargaining y otros métodos alternativos de resolución de los conflictos penales.
El Prof. Thaman ha sido invitado como profesor por las universidades de Orléans (Francia), de Boloña (Italia), la de Singapur y la nuestra en Buenos Aires (UBA).
"Tengo la conciencia tranquila, porque no hice nada",le dijo la imputada al jurado en su poderosa declaración de más de una hora. Dio su versión de lo que ocurrió en ese domicilio de Bariloche. Negó haber asesinado a su pareja, le dijo al jurado quién fue el autor material del cuchillazo que la policía sospechosamente decidió no investigar y contó el largo historial de víctima de violencia de género que padeció de parte de su ex pareja.
JORNADA HISTÓRICA
Fue otra jornada trascendente e inolvidable para la historia judicial de la Argentina y para la expansión indetenible del juicio por jurados en el país y el continente iberoamericano. En la mítica ciudad de Bariloche, un jurado de doce personas declaró no culpablepor unanimidad a Marta Valle por considerar no probada más allá de duda razonable su autoría en el presunto asesinato de una puñalada a su pareja Fernando Huenuqueo.
El jurado delibera
El veredicto de este jurado popular terminó de coronar con gran éxito una profunda reforma procesal que emprendió Río Negro, allá por diciembre de 2013. Tras décadas de un sistema escrito e inquisitivo con jueces de instrucción, la provincia sancionó un código procesal penal cuyos puntos centrales son la absoluta oralidad y publicidad en todas sus etapas, plazos fatales para terminar las causas, fiscales que solamente investigan, jueces imparciales que controlan que las garantías del proceso sean resguardadas y jurados ciudadanos que juzgan los casos más graves. En síntesis: con este juicio, Río Negro consumó una proeza sin precedentes, no sin un gran esfuerzo y múltiples dificultades. No sólo que se convirtió en la quinta provincia argentina en realizar un juicio por jurados, sino que le demostró al país que es posible transformar con éxito los sistemas judiciales y hacer que ellos se vuelvan más creíbles y comprensibles para la ciudadanía. Para muestra baste este caso: este gravísimo hecho ocurrió en junio de 2019. Ocho meses después ya fue decidido por un jurado popular, tras un proceso con la máxima transparencia y garantías para las partes. Eso se debió a otra reforma no menor: una organización flexible de colegio de jueces sin formaciones fijas y una oficina judicial muy eficiente para garantizar audiencias y comparendos de jurados y testigos. Cotéjese este impresionante logro con las causas interminables que plagan nuestra administración de justicia a nivel federal, para así tomar conciencia de lo que acaba de mostrar Río Negro.
El juez Marcos Burgos, la fiscalía, la acusada
y el defensor alegando ante el jurado
LOS HECHOS CONTROVERTIDOS
El sábado 23 de junio de 2019 hubo una reunión de cinco amigos con un asado y abundante alcohol en una casa de Bariloche. Estuvieron hasta altas horas de la madrugada. Al parecer, varios de ellos quedaron prácticamente borrachos. Allí fue cuando, según la acusación del fiscal Lozada en el alegato de apertura, Huenuqueo se desplomó sobre las faldas de Valle totalmente ebrio. En ese momento, Marte Valle, de 37 años y también muy alcoholizada, le propinó varias patadas a Huenuqueo en el suelo y después le aplicó un puntazo mortal con un cuchillo en su mano derecha en el hemitórax izquierdo.
La fiscalía presentó testigos y peritos para intentar probar su tesis. Pero lo cierto es que el jurado se inclinó por la tesis de la defensa en tres puntos centrales: la pésima instrucción policial, las serias contradicciones entre los presuntos testigos presenciales y las pericias y la perspectiva de género.
La fiscalía, de absoluta buena fe, sin dudas, cometió el error de "comprar" el paquete de una pésima y sesgada instrucción policial. Eso siempre se paga caro ante un jurado. El veredicto dejó en profunda reflexión a todo el Poder Judicial, como lo suelen hacer los jurados.
LAS CONTRADICCIONES EN LA PRUEBA DE CARGO
El fiscal jefe Lozada ante la atenta mirada del juez
Primera contradicción: la defensa sostuvo que no coincidía el relato sobre el lugar del hecho planteado por la fiscalía con las manchas de sangre que había en el piso.
Segunda contradicción: la defensa planteó que la forma en que la fiscalía y los testigos presenciales (Rocío y Sebastián Monsalve) dijeron cómo Marta Valle había acuchillado a Huenuqueo no coincidía con la forma en que estaba distribuida la sangre en el pantalón de la imputada, según lo que declararon ante el jurado los peritos expertos de la propia fiscalía. Por el despliegue de las manchas, el cuchillazo fatal fue aplicado por alguien zurdo. Y Valle tenía enyesado el brazo izquierdo.
Tercera contradicción: la sangre en el pantalón de Valle era una mancha de contacto en la pierna derecha y gotas en forma de spray en la pierna izquierda. Esas gotas se producen, según los propios peritos de la acsuación, como consecuencia de sacar el cuchillo del cuerpo. Si Valle hubiese apuñalado con la derecha, ese spray debería estar en la otra pierna. Esta parte del relato de los peritos fue fatal para la fiscalía.
Omisión grave n° 1: no sacaron fotos de las manos de Valle. Si hubiese sido la autora tendría la mano ensangrentada
Omisión grave n° 2: la fiscalía y testigos presenciales plantearon que Valle esa noche había recibido un golpe de puño en la cara por parte del dueño de la casa, porque ella se negaba a prestar auxilio a Fernando encerrándose en el auto y no dejándolos ingresar al mismo. Las pericias demostraron que hubo muchas más lesiones en la cara de Valle. La defensa planteó por qué no sacaron fotos del rostro de Marta Valle.
Omisión grave n° 3: No le hicieron el test de alcoholemia a nadie. Omisión n° 4: la fiscalía no se hizo cargo de desmentir con prueba la violencia de género alegada por Valle a manos de Huenuqueo. Los dichos de la acusada, debe siempre recordarse, constituyen prueba.
Síntesis: el procedimiento policial fue en una noche de lluvia, muy oscura (no hay luz pública) y fue completamente sesgado, porque sólo se secuestraron las ropas de Valle y no de las otras tres personas que estaban en el hecho. El testigo presencial Sergio declaró en un momento haberle metido cuatro dedos en la herida a Huenuqueo para parar la hemorragia. No secuestraron sus ropas que posiblemente tenían sangre.
LA DEFENSA Y UN LLAMADO DE ATENCIÓN DEL JUEZ AL FISCAL
El defensor Hugo Cancino y la propia acusada en su potente declaración ante el jurado fueron muy críticos hacia el operativo desarrollado por el personal policial al momento de concurrir al lugar del hecho cuando fueran alertados a traves del 911. Ejemplo: la policía y luego la fiscalía se quedaron con el relato de dos de los asistentes al asado: Sebastián Monsalve y su pareja Rocío Hernández ("Marta lo apuñaló, dijeron), cuando cualquier investigador medianamente competente habría puesto en duda cualquier versión que allí se diera y habría secuestrado las ropas y calzados de todos para su pericia. Elemental.
Cancino enumeró varias más: no se efectuaron secuestros de otras ropas (sólo la de Valle) y no se periciaron huellas del calzado. No se sacaron fotos de las manos de Marta Valle ni de los demás asistentes, ni se hizo test de alcoholemia a nadie. "Faltaron pericias y pruebas básicas, hoy ya es imposible realizarlas" dijo el abogado.
Por su parte, la acusada declaró largamente ante el jurado, negó terminantemente haber sido la autora de la puñalada mortal y señaló que fue el tal Monsalve. “¿Por qué me voy a hacer cargo de algo que no hice? Yo lo único que quiero es que tras las rejas esté el que lo cortó. A ellos (por los otros asistentes al asado) no les secuestraron ni la ropa, cuando debían ser tan sospechosos como yo, la Policía actuó mal”. "Sufrí graves episodios de violencia de género. Fui golpeada y maltratada por Huenuqueo".
Con voz firme sostuvo: “Llevo ocho meses detenida y estoy pagando por algo que no hice”. "El defensor oficial anterior me ofreció un abreviado y dije que no. ¿Por qué iba a firmar algo así si yo no fui? Si soy yo, me hago cargo y firmo. Pero yo no lo apuñalé". ¿Por qué la policía les creyó así nomás a Sebastián Monsalve y a Rocío? En otras palabras, Valle le dijo al jurado que los asistentes a esa fiesta debían haber sido llevados mínimamente como coimputados y no como testigos. Otro buen ejemplo de selectividad penal de la agencia policial, en esta caso sobre una mujer pobre, sola y con problemas de violencia de género y alcoholismo.
La fiscal Betiana Cendón
Hubo un momento de tensión cuando el juez Burgos advirtió severamente al fiscal Lozada de que no fuera tan inquisitivo en el contraexamen a la acusada. Fue evidente que cayó pésimo esa actitud en varios de los jurados.
EL JURADO Y EL VEREDICTO
En este primer juicio por jurados de la provincia de Río Negro el jurado quedó integrado por doce ciudadanos, seis mujeres y seis varones, entre ellos una médica, un radiólogo, una ama de casa, estudiantes, desempleados y trabajadores en relación de dependencia.
"Hubo gente de las ciudades de Jacobacci, de Bariloche y de El Bolsón", dijo Luciano Videla, director de Medios del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) rionegrino y calificó a este proceso como "un paso histórico".
Todas las partes del juicio quedaron impresionadas con la responsabilidad y atención que prestó el jurado durante el desarrollo del debate. En ello tuvo mucho que ver el profesionalismo del juez Marcos Burgos, quien condujo con mucha habilidad las cuatro audiencias de juicio y el voir dire de su primer juicio por jurados.
El juez Marcos Burgos
Tras los alegatos de clausura, el juez instruyó al jurado sobre la ley a aplicar al caso concreto y las opciones de veredicto, que eran cuatro: 1) Culpable de homicidio agravado por el vínculo; 2) Culpable de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación; 3) Culpable de homicidio simple y 4) No culpable.
SEIS HORAS DE DELIBERACIÓN Y VEREDICTO
Tras una maratónica deliberación de seis horas, el jurado retornó con un veredicto unánime de no culpabilidad.
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REPERCUSIONES
Lógica desazón en la fiscalía en un caso que creían cerrado y llanto de los familiares de Huenuqueo. Sin embargo, el veredicto del jurado, con el correr de las horas, fue apreciado por su extrema rigurosidad en el análisis de las pruebas y por su indiscutible perspectiva de género. Doce cabezas de diferentes extracciones sociales se pusieron de acuerdo unánimemente en que el caso tenía profundos defectos en la instrucción policial. Todo un mensaje ciudadano para las distintas agencias de la policía y del ámbito judicial.
Leer noticias aquí:
- ANB (2/03/20): "Comenzó el primer juicio por jurados de Río Negro" (ver)
- El Cordillerano (4/03/20): "Largo relato de la acusada declamando su inocencia en el juicio por jurados" (ver)
- Diario Río Negro (3/03/20): "Juicio por jurados: testigos complicaron a la imputada del crimen" (ver)
- Diario Judicial (3/03/20): "Jurados de estreno en Río Negro" (ver)
- Diario Río Negro (7/03/20): "Errores de fiscales y fallas de policías en el primer juicio por jurados" (ver)
El Presidente de la Nación Argentina, Alberto Fernández, anunció una profunda reforma judicial durante su discurso ante la Asamblea Legislativa para inaugurar el 138° período de sesiones ordinarias del Congreso Nacional.
Entre lo más destacado figura su anuncio de que el juicio por jurados que ordena la Constitución Nacional finalmente se implementará a nivel federal, tras 167 años de larga espera.
“Debemos optimizar el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia, repensar el alcance del recurso extraordinario, mejorar el trabajo del Consejo de la Magistratura; instaurar el juicio por jurados cumpliendo el mandato constitucional, modernizar el Código Penal de la Nación, y fortalecer el rol del Ministerio Público”
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El tiempo no ha pasado en vano y las provincias argentinas han demostrado en los últimos cinco años que el juicio por jurados es un éxito cultural y político rotundo. La AAJJ celebra con júbilo este anuncio del Presidente y le augura el mayor de los éxitos.
Leer noticias aquí:
- INFOBAE (1/03/20): "Los anuncios judiciales de Alberto Fernández" (ver)
The President of Argentina, Alberto Fernández, announced a profound judicial reform during his speech before the Legislative Assembly to inaugurate the 138th period of ordinary sessions of the National Congress.
Among the highlights is its announcement that the trial by jury law ordered by the National Constitution will finally be implemented at the federal level, after 167 years of long wait.
“We must optimize the functioning of the Supreme Court of Justice and improve the work of the Judiciary and the Federal Prosecution. Also, we will finally establish trial by jury, fulfilling the constitutional mandate and we will modernize the Penal Code”, said the President.
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Time has not passed in vain and the Argentine provinces have shown in the last five years that the jury trial is a resounding cultural and political success.
The AAJJ celebrates with joy this announcement of the President and predicts the greatest success.
Javier Iván Frank (34) estaba acusado y detenido desde hacía casi tres años por matar a su primo Mario Frank (52) en Coronel Rosales a finales de 2017. El viernes fue declarado no culpable en un juicio por jurados llevado a cabo en el Tribunal Criminal N° 1. Quedó en inmediata libertad tras el veredicto de sus pares.
La votación arrojó un resultado de 11-1 en favor de su absolución. Contundente. El debate fue llevado adelante por el juez Christian Yésari y la acusación por el fiscal Jorge Viego. La exitosa defensa la realizó el abogado Leonardo Gómez Talamoni.
Javier Frank estaba preso por el homicidio de Mario Frank (52 años), quien fue encontrado el 17 de diciembre de 2017 con una herida de bala en la cabeza en una precaria vivienda ubicada en la zona de quintas de calle Resistencia, entre Corrientes y Primera Junta.
El arma con la que el muerto atacó a Javier Frank
LOS HECHOS
El hecho se inició durante un asado con familiares, regado con abundante alcohol y mala vida. Como en todo asado en que se precie, algún evento o comentario banal desató una absurda discusión, que terminó con Mario Frank muerto.
La acusación sostuvo en la IPP que “aquella noche se habría realizado un asado con familiares, donde en un momento comenzó una discusión muy agitada entre los Frank. En ese momento, Mario tomó un arma y disparó al piso”. Y añadieron en el relato que “Javier se dirigió a su domicilio de enfrente y tomó una carabina, regresó al lugar y desde la puerta realizó varios disparos, impactando en la humanidad de Mario, produciéndose el deceso”.
El 28 de septiembre de 2018 y luego de sendos allanamientos, se detuvo a Javier Ivan Frank y se encontró la supuesta arma homicida.
En el juicio afloró la verdad y quedó establecido que lo único que hizo Javier fue defenderse de una copiosa balacera que le había dirigido su primo con el arma que se ve en la foto.
Leer noticias aquí:
-Punta Noticias (28/09/18): "Detienen a sujeto acusado de ser el autor de un homicidio en una quinta" (ver)
- La Brújula (27/02/20): "Juicio por jurados: declaran inocente a un hombre acusado de matar a su primo" (ver)
- La Nueva Provincia (27/02/20): "Juicio por jurados: declararon no culpable a un detenido por homicidio" (ver)