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jueves, 12 de diciembre de 2019

SAN MARTÍN: Mujer discutió con su marido, lo roció con alcohol y lo prendió fuego adentro del auto. CULPABLE

Ardinari murió tras nueve días de agonía

“Soy inimputable, llévenme al psiquiatra”, dijo Rosana Vanesa al ser detenida en el lugar por los policías, tras rociar con alcohol a su pareja, arrojarle un cigarrillo y encenderlo como un antorcha humana.

Un jurado de doce personas de San Martín la declaró culpable por unanimidad del delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación.

LOS HECHOS

Como saldo de una violenta discusión de pareja adentro de un auto, Rosana Vanesa, de 35 años, roció con alcohol el cuerpo de su pareja Luis Ardinari, de 54, y de inmediato le prendió fuego arrojándole un cigarrillo. El hombre ardió como un pira humana en el acto. El 54 % de su cuerpo quedó calcinado y murió a consecuencia de las gravísimas quemaduras en la cara y la cabeza tras nueve días de agonía en un Hospital de La Plata.

El tremendo suceso se produjo el 11 de marzo de 2018 en el cruce de Carlos Tejedor y Cavassa, en Villa Pineral, Tres de Febrero, cuando se originó una acalorada reyerta entre Ardinari y Rosana Vanesa.



La policía arriba al lugar a raíz de un llamado al 911 por un supuesto robo. Cuando llegan, ven a la mujer a bordo del auto de Ardinari. En la vereda estaba la víctima totalmente desnuda, calcinada y pidiendo ayuda a los gritos. Llegó a balbucear que su mujer había sacado de su bolso una botella de alcohol con el cual lo había prendido fuego y que antes habían discutido.

Fue en ese momento, cuando la detienen, que ella dice: “soy inimputable, llévenme al psiquiatra”. Sin embargo, el jurado descartó la variante de la inimputabilidad.


EL MOTIVO: Celos enfermizos

En resumen, lo prendió fuego por los celos que tenía, porque seguía viendo a su ex y el detonante fue el cumpleaños de su hija a la que no veía.

Es que ese día era el cumpleaños de la hija de la imputada, la cual para ese entonces estaba en un hogar por orden del un juzgado de familia.

Tanto él como ella conformaban una pareja con graves disfunciones, marcada por los celos, las drogas y un trato violento. Por ejemplo, la defensa a cargo de Ricardo Thomas logró probar que el hecho tenía un trasfondo no menor: la anterior mujer de la víctima (Sandra) había prendido fuego la casa de la acusada. Entre Ardinari y Sandra hubieron muchas denuncias y contra denuncias previas. Sin perjuicio de ello, Ardinari seguía teniendo contacto con su ex esposa, lo cual enfurecía a Rosana.




LAS ESTRATEGIAS DE LAS PARTES

La fiscal Mariana Piwarczuc acusó a Rosana Vanesa por el delito mayor de homicidio calificado por el vínculo de pareja.

El defensor Ricardo Thomas basó su estrategia en tres puntos en especial. Primero, descartar el "vínculo", ya que la relación entre ellos era circunstancial. El jurado no acompañó este planteo de condenar por homicidio simple. Segundo, apuntar a un estado de inimputabilidad, remarcando la problemática psiquiátrica y de adicción de Rosana Vanesa desde los 14 años. Ello fue descartado por los peritos de La Plata, quienes sostuvieron que tenía la memoria conservada y que pudo comprender la criminalidad de su acto. El jurado tampoco acompañó este planteo. La tercera y última opción fue la que el jurado decidió finalmente como probada: que Vanesa mató a su marido pero con circunstancias extraordinarias de atenuación. Por ejemplo, que la víctima se aprovechaba del estado de vulnerabilidad de la acusada para favores sexuales y porque le compraba droga. Además, su durísima vida de niña  y en la actualidad.  Evitó así la prisión perpetua.

La jueza Mónica Carreira dirigió el debate y explicó al jurado las instrucciones. Muy importante dato: cada jurado tenía su copia del escrito de instrucciones, algo que es fundamental para favorecer la deliberación.

Tras varias horas de deliberación, el jurado rindió su veredicto de culpabilidad.

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