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jueves, 22 de agosto de 2019

MAR DEL PLATA: Padre e hijo, culpables de un crimen en Otamendi

Los acusados: Martínez padre y Martínez hijo
Un jurado de Mar del Plata, en la provincia de Buenos Aires, encontró culpables de homicidio a un padre y a un hijo, acusados por haberle quitado la vida a un joven tras una disputa en un boliche de la localidad de Nicanor Otamendi (distante a 40 km de aquella ciudad).

Mientras el padre le pegaba al acusado con un rebenque, el hijo aprovechó para asestarle puñaladas con un cuchillo. El veredicto contra el primero fue por once votos. El veredicto contra el segundo fue unánime.

El juicio fue presidido por el juez Roberto Falcone. La acusación recayó en cabeza del fiscal Guillermo Nicora. Los defensores fueron Martín Bernat y Raúl Ruiz. Rubén Fernández fue el abogado que representó los intereses del particular damnificado.


Los hechos:

Durante una madrugada de abril de 2017, Daniel “Droopy” Martínez, de 26 años, junto a un hermano, mantuvieron una pelea dentro del boliche "Tequila" contra un grupo de jóvenes en el que se encontraba Carlos Ibarra, de 24 años.

Tras retirarse del lugar, “Droopy” Martínez se dirigió a su casa y avisó de lo que ocurría a su padre, Jorque Martínez, de 44 años. Enojado por lo sucedido, este último montó a su hijo en su camión y condujo hasta la puerta del bar en que se había producido la trifulca.

Al llegar avistaron a Ibarra y lo atacaron. El padre cargó contra el joven a rebencazos, mientras “Droopy”, cuchillo en mano, le asestó dos puntazos en el tórax que le causaron serias lesiones a a la víctima, quien murió días después en el HIGA local.



La acusación:

La fiscalía atribuía a ambos acusados la coautoría de ese hecho.

Para el fiscal, durante el juicio quedó demostrado que el padre del presunto asesino ayudó a éste a atacar a la víctima y la golpeó "con un rebenque" mientras era acuchillada.

El fiscal enfatizó en que, tras la discusión dentro del local, "Droopy" fue hasta su casa y regresó al lugar en un camión junto a su padre: "Se bajó con el cuchillo en la mano y fue directo hacia Ibarra."

"En ese momento ya no había pelea: Jorge Daniel Martínez acuchilló a Ibarra mientras su padre lo atacaba a rebencazos", señaló.

Según la fiscalía, mientras el padre distrajo a la víctima atacándola con el rebenque, el hijo tuvo allanado el camino para atacar con el cuchillo.

El abogado de la familia de la víctima coincidió con la acusación del fiscal.

El fiscal Guillermo W. Nicora


Las defensas:

La defensa planteaba que el padre (quien llegó al juicio en libertad) no había tenido participación en el homicidio, mientras que el hijo solo había querido defender a su hermano.

La defensa del hijo, encabezada por el abogado Martín Bernat, dijo que hubo "mentiras y contradicciones" en los testimonios ofrecidos por la fiscalía y pidió la absolución por considerar que actuó en "legítima defensa" para "ayudar a su hermano menor" que estaba siendo agredido.

Subsidiariamente sugirió las figuras de "exceso en la legítima defensa" y también la de "homicidio preterintencional" (de entender que tuvo intención de herir a la víctima pero no de matarla).

El abogado Raul Ruiz, defensor del padre, dijo que "de ninguna manera" pueden considerarlo culpable "en brindar una colaboración para matar a Ibarra", porque "cuando llegó al lugar ya había terminado todo".


Las insrucciones y el veredicto

Luego de los alegatos de las partes, el juez brindó al jurado las instrucciones sobre el derecho aplicable al caso, incluyendo a los delitos planteados por la acusación, las defensas, y los delitos menores incluidos en la acusación. Fundamental fue su decisión de instruir al jurado sobre si el padre fue cómplice primario o secundario.

Tras deliberar, el jurado encontró a ambos acusados culpables.

El hijo fue declarado culpable de homicidio, en calidad de autor, por veredicto unánime.

El padre fue declarado culpable del mismo delito, pero en calidad de partícipe necesario, por once votos, sobre los doce del panel. Fue inmediatamente detenido.

La semana próxima se llevará a cabo la audiencia de cesura, para determinar la pena correspondiente a uno y otro.


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