El hecho comenzó en la vía pública, luego de que Fernández, la presunta víctima, golpeara con su auto el espejo del de Lara y se fuera del lugar. Unas cuadras después los vehículos volvieron a coincidir. El hermano de Lara, quien sufre de una invalidez en una de sus manos, aprovechó la oportunidad para descender del vehículo y recriminarle a Fernández por el golpe al espejo. Lo que no sabía era que el conductor era un sujeto particularmente violento, tal como acreditó la defensa a lo largo del juicio. La reacción fue mayor a la esperada: el hermano de Lara empezó a ser agredido, en evidente inferioridad de condiciones.
La fiscalía, a cargo de Laura Margaretuic, acusó a Lara por tentativa de homicidio. El defensor oficial Gustavo Emiliozzi, por su parte, puso a disposición del jurado dos alternativas. La primera era decidir que Lara actuó en legítima defensa de un tercero, en este caso, su hermano. Subsidiariamente, le permitieron al jurado optar por una condena pero por el cargo de lesiones graves, un delito menor al señalado por la fiscalía.
El jurado no dudó y entendió que la actitud de Lara se encontraba dentro del margen de la legítima defensa, cuyos límites les hizo saber el Juez Gustavo Pablo Borghi. Por ese motivo, declararon al acusado no culpable.