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jueves, 18 de abril de 2019

AZUL: Jurado condena por unanimidad a recluso que mató a otro preso en la cárcel por un par de zapatillas

Por unanimidad, un jurado declaró “culpable de homicidio simple” a un preso que en abril de 2017 había matado a puñaladas a otro. El crimen ocurrió en la Unidad 7 de Azul cuando el homicida y la víctima estaban en una celda de admisión y se pelearon por un par de zapatillas.




El hecho ocurrió un sábado 19 de abril de 2017 en una de las celdas del penal. La víctima era un joven que tenía 29 años. Recibió una puñalada en el corazón con un cuchillo Tramontina. Murió cuando estaba internado en el Hospital Pintos.

El juez Borghi le aplicó allí mismo 10 años de prisión por ese hecho y una pena única de once años y medio de cárcel, ya que tenía condenas anteriores.

El juicio con jurados se hizo en el Palacio de Justicia local.

El juicio

El miércoles previo al inicio de la Semana Santa, en horas de la tarde, los doce ciudadanos que participaron en este debate anunciaron el veredicto de culpabilidad para José Germán Carabajal (26).

Laura Margaretic fue la fiscal que intervino en este debate y el defensor Oficial Diego Prado fue quien representó al encausado en el juicio con jurados.

Fiscal Laura Margaretic

El hecho materia de este proceso había ocurrido en el penal azuleño poco antes del mediodía del 19 de abril de 2017. En aquel entonces, Carabajal y el recluso que mató a puñaladas se encontraban en una celda de admisión.

Las estipulaciones probatorias incorporadas al juicio con jurados sirvieron para conocer que el joven declarado “culpable” le provocó a la víctima “al menos tres heridas con un elemento punzante -arma blanca tipo ‘Tramontina’- en la parte superior del cuerpo”.

A causa de las lesiones sufridas, una de las cuales afectó su corazón, el preso agredido murió aquel mismo día. Tenía 29 años de edad y se llamaba Nazareno Cruz Rodríguez.

Juez Gustavo Borghi


En su alegato ante el jurado, el defensor oficial sostuvo que Carabajal había actuado amparado en la figura de la “legítima defensa” cuando apuñaló al otro preso que se encontraba con él en la celda de admisión.

En consecuencia, Diego Prado le solicitó a los ciudadanos que declararan “no culpable” del crimen a su defendido.

Pero esa postura no prosperó para esos seis hombres y seis mujeres que,  finalmente, por unanimidad consideraron al recluso autor penalmente responsable de un homicidio simple, en los términos de lo que estipula el Artículo 79 del Código Penal y tal como consideró a lo sucedido la fiscal Margaretic desde que comenzara a instruir esta causa.

Leer noticias aquí:

- Diario El Tiempo (28/04/19): "Condenaron a un recluso que en la Unidad 7 había matado a otro" (ver)