AVISO

AVISO (12/03/23):
Debido a la gran cantidad de juicios por jurados llevados a cabo en una decena de provincias de Argentina, la AAJJ dejará de publicar crónicas individuales por cada juicio y comenzará a publicar resúmenes mensuales

viernes, 8 de marzo de 2019

SAN MARTÍN: culpables de robo con arma y por lesiones graves

Entre el miércoles 6 y el viernes 8 de marzo en San Martín, provincia de Buenos Aires, se llevó a cabo un juicio por jurados en el que se reprochaba a dos jóvenes por la muerte de un hombre de 80 años, provocada para robarle algunas pocas pertenencia de la casa que éste habitaba.

El fiscal Sorracco, la jueza De Benedetto y la defensora Kenny

Desde el inicio del juicio, el fiscal Raúl Sorracco explicó con claridad en qué consistía la acusación.

Según relató, el día de los hechos, pasada la medianoche, los dos jóvenes habían ingresado a la vivienda de la víctima, un hombre de 80 años desvalido y que se desplazaba con la ayuda de un bastón, con la intención de robarle objetos personales, provocándole la muerte para lograr la consumación del delito y/o garantizar su impunidad.

Si bien nunca pudo saberse qué sucedió en el interior de esa vivienda, resultaban hechos incuestionables los siguientes:

1) Un vecino vio salir a dos jóvenes muchachos de la vivienda del anciano, portando dos garrafas. Uno de ellos vestía una camiseta de la selección argentina. Llamó al 911 denunciando lo sucedido y describiendo a las personas que sospechosamente salían de ese domicilio.

2) Rápidamente, la policía concurrió a la zona, topándose a la vuelta de aquel domicilio con dos jóvenes, en poder de dos garrafas, un reloj y una tijera de poder vieja. Uno de ellos vestía una camiseta de la selección argentina de fútbol. Además, según relataron los policías, tenían las manos manchadas con sangre.

3) Otro móvil policial se dirigió al domicilio de los hechos, donde se toparon con su morador, el hombre de 80 años, quien se encontraba fuertemente golpeado y ensangrentado y, como consecuencia de ello, sufriendo de fuertes dolores que prácticamente le impidieron relatar lo que había sucedido.

4) En la escena encontraron una barra de metal con manchas de sangre, identificada como el elemento utilizado para la golpiza (de acuerdo a la autopsia, el cuerpo presentaba signos compatibles con golpes propinados con esa barra además de golpes de puño).

5) El hijo del anciano concurrió al lugar y reconoció a las dos garrafas, al reloj y a las tijeras de podar habidas en poder de los jóvenes, como pertenencias de su padre faltantes del domicilio.

6) Los jóvenes fueron detenidos, imputados por el delito de robo con arma y lesiones. El anciano fue hospitalizado.

Una semana después, el hombre murió y la imputación contra los jóvenes se agravó: la fiscalía les imputó uno de los más graves delitos del Código Penal, el homicidio “criminis causae”, es decir, cometido para lograr la consumación de otro delito o para garantizar la impunidad de sus perpetradores.

El registro de audio del llamado al servicio de emergencias 911, las declaraciones de los policías que encontraron a los acusados y la declaración de la médica de autopsia eran las pruebas más importantes de la fiscalía. En líneas generales, y amén de alguna que otra inconsistencia, la descripción brindada por el vecino denunciante coincidía con la consignada por los policías. Por otro lado, la forense señalaba con firmeza que la muerte había sido provocada por los golpes.

HECHOS CONTROVERTIDOS

Sin embargo, entre el público presente en la sala (y al parecer también entre los jurados) rondaban dudas en torno a ese nexo de causalidad. Sucede que durante la semana de internación, el anciano había sido sacado de terapia intensiva y pasado a una habitación común pues, a criterio de los médicos, sus lesiones eran leves y evolucionaban favorablemente. El peligro había cesado.

Allí encontró el punto de mayor fortaleza de su caso la defensora oficial Patricia Kenny, quien logró sembrar esa duda: los hechos no sugerían intención de matar y, a la vez, las lesiones provocadas habían sido leves.

Apoyada en esa teoría, la defensora sostuvo que los dos jóvenes eran penalmente responsables, pero no del homicidio agravado que se les endilgaba, sino de haber cometido un robo, y de haber provocado lesiones graves durante su transcurso. 

Así planteada la controversia, la jueza Mónica De Benedetto leyó las instrucciones al jurado, explicando los siguientes delitos que formaron parte de cada uno de los dos formularios de veredicto luego entregados al jurado (uno por cada acusado):
  • Homicidio criminis causae en concurso real con robo con arma (imputación de la fiscalía)
  • Homicidio en ocasión de robo (delito menor incluido, subsidiariamente planteado como posible por la fiscalía)
  • Robo y  lesiones graves producidas (hipótesis sostenida por la defensa)
A esas opciones, el formulario de veredicto sumó una cuarta: no culpable.

El jurado se retiró a deliberar, para decidir entre esas cuatro opciones por cada uno de los dos acusados. El jurado consideró que el palo utilizado para golpear a la víctima era un arma impropia y que las lesiones causadas fueron graves.

Mientras tanto, los jurados suplentes (tres hombres y tres mujeres), quienes tenían ya libertad de marcharse prefirieron quedarse pues se habían comprometido tanto con el caso que querían conocer el veredicto de sus compañeros titulares.

Entre el público presente se encontraban los jueces de la Cámara Penal de la provincia de Mendoza (próxima a la realización de su primer juicio por jurados), quienes pudieron aprovechar la presencia de los jurados suplentes para intercambiar impresiones respecto del sistema de jurados en general y el caso juzgado en particular.

Los jueces de la Cámara Penal de Mendoza
escuchando el veredicto
Durante esa charla, los jurados expresaron que consideraban sumamente positivo al sistema de jurados y que su participación les había permitido romper preconceptos y cambiar favorablemente la imagen que tenían del sistema de justicia.

También sorprendieron a sus interlocutores al demostrar haber comprendido a la perfección todos y cada uno de los delitos explicados por la jueza De Benedetto, así como los principios y reglas procesales explicados durante las instrucciones.

Los jurados suplentes conversando con
los jueces mendocinos, tras el debate

Aproximadamente dos horas después de haberse retirado, se anunció que el jurado había arribado a un veredicto.

En la sala de audiencias, el presidente del jurado se puso de pie y leyó los dos formularios de veredicto, arribando al mismo resultado respecto de cada uno de los acusados:

“Nosotros, el jurado encontramos al acusado culpable del delito de robo agravado por el empleo de arma y por las lesiones graves provocadas”

Ahora deberá llevarse a cabo la audiencia de cesura, en la que la jueza podrá imponer una pena que tendrá un máximo de 15 años de prisión.