Finalizó en la noche de ayer el sexto juicio por jurados de la semana en territorio bonaerense. Los seis terminaron en condenas, dos de ellas a perpetuidad (Azul y Lomas de Zamora).
Se juzgaba en Morón a Alexis Soto (27) por el asalto a la señora Élida Ríos y por el intento de homicidio del policía que lo detuvo a 15 cuadras del lugar, el oficial Elías Portonova.
El juicio fue dirigido por el juez Osvaldo Cedarri, del TOC n° 2 de Morón, y la acusación corrió por cuenta de la fiscal Daniela Barroso y el fiscal general adjunto Alejandro Varela.
Juez Osvaldo Cedarri |
Los hechos que le imputaba la fiscalía eran los siguientes: Soto venía caminando en horas de la tarde por un barrio bastante denso de Merlo. Ve una puerta semi entornada de una casa y se mete en ella. Zamarrea a la señora Élida Ríos, que estaba con su nieta en el hogar, le roba $ 300 y sale corriendo.
Los vecinos lo empiezan a perseguir y dan aviso a la policía. A unas 15 cuadras del lugar, el oficial Elías Portonova logra tacklearlo y se trenzan en lucha. Ruedan, se zamarrean y, siempre según la tesis de la acsuación, Soto le saca el arma al policía y efectúa varios disparos contra él. Como Portonova lo tenía agarrado del brazo, logró desviarle el mismo y que los disparos dieran en el suelo, cerca de su oído. De hecho, quedó sordo durante dos días. Un testigo que estaba comiendo un choripán en el lugar ve parte de estos sucesos. Llegaron más policías y se lo llevaron preso.
La fiscalía le propuso al jurado tres veredictos por tres hechos distintos:
Hecho 1 (robo simple)
Hecho 2 (resistencia a la autoridad) y
Hecho 3 (tentativa de homicidio).
Los fiscales Daniela Barroso y Alejandro Varela |
La defensa, por su parte, intentó demostrar que Soto cometió los hechos en estado de inimputabilidad. Más precisamente, que tenía síndrome de abstinencia a las drogas y que, en el momento del hecho, estaba poseído por un delirio místico. Pero también cuestionó la forma en que ocurrieron los disparos en la pelea con el policía.
La fiscalía logró desvirtuar por completo la presunta inimputabilidad. El perito psiquiatra del Hospital Posadas fue muy claro acerca de que Soto comprendió perfectamente la criminalidad de sus actos. Por tal razón, el jurado condenó a Soto por el Hecho 1 de robo y por el Hecho 2 de resistencia a la autoridad. El veredicto fue unánime, ya que el relato de la víctima tuvo mucha solidez.
Sin embargo, el jurado consideró que no estaba probado más allá de duda razonable el Hecho 3 del intento de homicidio. El testigo del choripán, que vio el forcejeo entre el policía y Soto, escuchó los disparos pero, ante el susto, salió corriendo del lugar. Regresó poco después y presenció su detención.
El juez deberá ahora imponerle la pena a Soto or los dos hechos antes mencionados.