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jueves, 1 de junio de 2017

SAN MARTÍN: El jurado condenó por homicidio en ocasión de robo

Tras cuatro intensas horas de deliberación y tres días de juicio, los jurados en San Martín dieron otra notable lección cívica al distribuir equitativamente el costo del castigo. Absolvieron por un hecho y condenaron por otro, aunque aún con una pena muy grave.

Brian José Bucci, de 25 años de edad, fue acusado formalmente por la fiscalía de haber cometido dos hechos de robo con arma con una diferencia de diez minutos el 18 de enero de 2015. Los hechos tuvieron lugar en Loma Hermosa y ambos a escasas cuadras distancia.

En el hecho n° 1, se acusaba a Bucci y a otro joven de intentar robar un auto que estaba entrando al garage de la casa de su dueño. Dispararon un tiro al aire y sólo se llevaron un reloj del señor Chazarreta.

El hecho n° 2, el más grave de todos los cargos, sucedió diez minutos después y a cinco cuadras. Dos muchachos, de similares características, asaltaron a una pareja de novios que estaban besándose en la puerta de su domicilio. Les exigieron las llaves de la moto, el celular y se produjo una confusa situación que incluyó forcejeos y golpes entre los asaltantes y Alexis Palacios, de sólo 17 años de edad. La chica Araceli Cejas, de 15 años, logró entrar a la casa y desde allí escuchó resonar un disparo. Al salir, vio a Alexis tirado en el suelo con una balazo en la nuca y los ladrones se habían ya fugado con el celular.

La tragedia continuó durante el velorio. Otro joven que asistió al servicio fúnebre, al escuchar la descripción física que Araceli hizo de los ladrones, mostró una foto de Facebook de su celular y preguntó: "¿Es este el pibe"? "Yo lo conozco porque salió con mi ex novia". Araceli lo reconoció en el acto y fue detenido al día siguiente.

Los reconocimientos en rueda dieron positivos y las defensoras oficiales Fabiana Natiello y Mariela Belfer cuestionaron con determinación su validez, pues los testigos ya habían visto las fotos antes.
La fiscal Noemí Carreira acusó a Bucci por robo con arma (hecho n° 1) y homicidio criminis causa (hecho n°2) e iba a solicitar la prisión perpetua.
Las defensoras públicas insistieron en cuestionar la autoría de Bucci y, al litigar las instrucciones, solicitaron al juez Gustavo Garibaldi que incluyera el delito de homicidio en ocasión de robo del artículo 165 del Código Penal.

Las defensoras oficiales Fabiana Natiello y Mariela Belfer (en los extremos)
y la fiscal Noemí Carreira (en el centro) tras el veredicto

El juez instruyó de manera ejemplar al jurado en todas estas opciones y envió al jurado a deliberar. El veredicto del jurado fue lo más parecido a la impartición de justicia salomónica. El jurado, contrariamente a lo sostenido por las tenaces defensoras oficiales, consideró completamente probada la autoría de Bucci en el hecho n° 2.

Sin embargo, el jurado decidió que no estaba probada más allá de toda duda razonable su autoría en el hecho n° 1 y que la desgraciada muerte de Alexis se haya producido directamente para consumar el robo.

De tal manera, hizo lugar al pedido de condena de la fiscalía, pero moderándolo. Declaró culpable a Bucci por el delito de homicidio en ocasión de robo (hecho n° 2), con una pena que va entre los 10 a los 25 años de prisión. Una pena muy alta, es verdad, pero alejada de la pena capital que prevé nuestra ley penal para una persona tan joven.