Juez Juan C. Pagliere (h) |
La Cámara de Azul, provincia de Buenos Aires, revocó la escandalosa decisión del juez Juan C. Pagliere (h) de ese departamento judicial que había declarado la inconstitucionalidad de la ley de jurados.
De este modo, confirmó la constitucionalidad de la ley de jurados bonaerense: "el juicio por jurados es una institución prevista en la Constitución Nacional en tres de sus artículos, y es indudable que el legislador constitucional consideró útil afianzar la justicia en materia criminal por esa vía procesal, pues aparece en la Carta Magna de 1853 y es ratificada por el Convencional Constituyente en 1994", sostuvo.
Además, tras descartar cada uno de los inaceptables argumentos del juez de grado, los integrantes de la Cámara (Dres. Eduardo Uhalde y José Luis Piñeiro) agregaron que "existen razones fundadas para entender que a falta de la ley marco que ordena la Constitución Nacional, las provincias se encuentran legitimadas, como lo han hecho hasta el momento, para legislar sobre el mejor modo de administrar justicia (arts. 5° y 121 de la CN)".
Puede accederse a la resolución de Cámara, del 18 de mayo de 2015, en el siguiente enlace:
- Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires (22/05/15): Fallo que declara la constitucionalidad de la ley 14543 de juicio por jurados [Leer fallo]
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