La provincia de Chaco fue anfitriona del "Primer Congreso Nacional sobre Juicio por Jurados en materia penal", realizado los días 24 y 25 de octubre bajo
el lema "El pueblo como protagonista de la justicia".
El evento, que reunió a más de 1100 asistentes, tuvo un éxito rotundo gracias a una organización impecable y al elevado nivel académico de los expositores, y permitió arribar a conclusiones fundamentales que, sin dudas, deberán tenerse en cuenta en el marco de las reformas procesales chaqueña y del resto del país.
1º.- La ley de jurados debe establecer el modelo clásico o tradicional y debe merecer inmediata sanción.-
2º.- La ley debe establecer que el veredicto debe ser unánime.-
3º.- La ley debe fijar que el juicio por jurados debe ser obligatorio para todos los procesos comprendidos en la ley y prever en un futuro su extensión a todos los casos de la competencia criminal.-
4º.- La ley debe prever la incorporación de miembros de las comunidades indígenas en los casos en que el imputado y la vìctima pertenezcan a las mismas.-
5º.- La Ley debe avanzar concretando reformas organizacionales como el Colegio de Jueces y como la creación de la Oficina Judicial correspondiente.-
6º.- El jurado se encuentra en la médula de la forma republicana de gobierno y constituye la verdadera y única manera de democratizar la administración de Justicia.-
7º.- La ley debe determinar claramente que el veredicto –aunque impugnable por vicio- es irrecurrible.-
8º.- No obstante, en cumplimiento de los mandatos de la C.A.D.H. y del P.I.D.C.P., la ley debe establecer la recurribilidad de la sentencia de condena y de la que imponga una medida de seguridad por parte del imputado.-
Puede accederse a mayor información en "este enlace" del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP).
Compartimos, también, imágenes del evento, muchas de ellas gentileza de Librería Contexto: